El secretario del Consejo de Estado, Homero Acosta, dio lectura en la octava sesión ordinaria del Parlamento en su octava legislatura, a la fundamentación del Proyecto de Ley para el uso del nombre y la figura del Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz.
La propuesta responde a la voluntad del líder histórico de la Revolución cubana, que como señalara el General de Ejército Raúl Castro Ruz en el acto político en su homenaje efectuado en la Plaza Mayor General Antonio Maceo Grajales, de Santiago de Cuba, el pasado 3 de diciembre, era su deseo“que una vez fallecido, su nombre y su figura nunca fueran utilizados para denominar instituciones, plazas, parques, avenidas, calles u otros sitios públicos, ni erigidos en su memoria monumentos, bustos, estatuas y otras formas similares de tributo”, explicó Homero Acosta.
En la fundamentación se aludió a que los cubanos hemos denominado muchas de nuestras plazas, calles y sitios, en honor de grandes hombres de la Patria, como justo reconocimiento a sus vidas; por lo que en cada uno de nosotros pudiera estar latente el sentimiento y la convicción de que Fidel merecería, sin lugar a dudas, esas formas tradicionales de homenaje, o incluso superiores, para perpetuar su memoria.
Sin embargo, argumentó el secretario del Consejo de Estado, únicamente el respeto sagrado a su voluntad, expresión de la humildad y modestia que le caracterizaron, y el haber hecho siempre honor a la prédica martiana de que toda la gloria del mundo cabe en un grano de maíz, nos conduce a asumir un texto legal de tal naturaleza.
Explicó que entre los antecedentes de este proyecto de Ley está la promulgación por el Consejo de Ministros, el 20 de marzo de 1959, de la Ley No. 174, mediante la cual se estableció la prohibición de monumentos, estatuas y bustos para homenajear a personalidades nacionales no fallecidas.
En la propuesta actual, sometida a la consideración del Parlamento, se define la prohibición del empleo del nombre de Fidel “para denominar instituciones, plazas, parques, avenidas, calles y otros lugares públicos, así como cualquier tipo de condecoración, reconocimiento o título honorífico”.
Asimismo, queda prohibida la utilización de su figura “para erigir monumentos, bustos, estatuas, tarjas conmemorativas y otras formas similares de homenaje”; igualmente debe entenderse que para situarlos en sitios públicos.
De lo anterior se exceptúa el uso de su nombre para denominar en un futuro alguna institución que se cree, conforme a la ley, para el estudio de su invaluable trayectoria en la historia de la nación.
Dando continuidad al espíritu de su voluntad, se prevé también prohibir “el uso de denominaciones, imágenes o alusiones de cualquier naturaleza referida a la figura del Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz para su utilización como marca u otros signos distintivos, nombre de dominio y diseños con fines comerciales o publicitarios”.
En ese ámbito la norma está referida a limitaciones en materia de propiedad industrial, en lo relativo a las marcas, emblemas y lemas comerciales, o rótulos de establecimientos, y evitar el uso dela figura del líder de la Revolución en el tráfico mercantil, o con fines de publicidad comercial.
La norma no limita la producción artística literaria, por lo cual resulta totalmente válido que un artista se inspire en Fidel o utilice su figura para crear una obra en cualquiera de las manifestaciones, ya sea la literatura, la música, la danza, el cine o las artes plásticas y aplicadas.
Tampoco se imponen limitaciones al uso de su iconografía e imágenes acumuladas en su rica trayectoria revolucionaria, en actos públicos, así como se mantendrán como hasta hoy sus fotos en centros de trabajo o de estudio, unidades militares e instituciones.
“Fidel continuará siendo un icono en las luchas de nuestro pueblo por preservar nuestra unidad, nuestra independencia, nuestra soberanía y nuestro socialismo, afirmó Homero Acosta. Seguirá también como fuente de inspiración de todos aquellos que en cualquier parte luchen por un mundo mejor, por un mundo de justicia e igualdad social.
“Al presentar este proyecto de ley que honra la memoria de nuestro líder histórico, al que nuestro pueblo ha elevado a la inmortalidad, lo hacemos con el espíritu de que su ejemplo, su obra y sus ideales serán eternos como la piedra en que reposan sus cenizas”.
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