Cronología del proceso legal

 

Momentos

Cronología del proceso legal.

Escambray

1998
12 de septiembre: El Buró Federal de Investigaciones (FBI, por sus siglas en inglés) detiene a las 5:30 a.m. a René González, Antonio
Guerrero, Gerardo Hernández, Fernando González y a Ramón Labañino, quienes luego serían reconocidos internacionalmente como Los Cinco.
21 de septiembre: Los Cinco son acusados por el FBI ante la Corte Federal de Miami “de trabajar como agentes del gobierno de Cuba”.
22 de septiembre: Un juez les niega las fianzas.
29 de septiembre: Son encerrados en el “hueco”, eufemisticamente llamado Unidad de Albergamiento Especial (Special House Unit), reducidas celdas de castigo con abundante moho y humedad, y donde permanecen 23 de las 24 horas del día. Los mantendrían 17 meses en ese “hueco” del Centro Federal de Detención de Miami.
2 de octubre: Un jurado federal de Instrucción de Miami los encausa por “espionaje a Estados Unidos y de haber servido de agentes ilegales del gobierno comunista de La Habana”.
1999
7 de mayo: La Fiscalía presenta su acusación, 26 cargos, cuando los Cinco llevaban ocho meses encarcelados y en el “hueco0’ de castigo.
25 de agosto: Abogados de la defensa se quejan ante la jueza Joan Lenard por las restricciones impuestas a ellos para tener acceso a la documentación del caso.
2000
3 de febrero: Los abogados de la defensa presentan mociones a la jueza Joan Lenard en las que argumentan que las sesiones deben realizarse fuera del condado de Miami-Dade, ya que “es un núcleo básico del exilio cubano anticastrista” y, por tanto, no existen las condiciones idóneas para un juicio justo”.
27 de julio: La jueza Joan Lenard decide que el juicio se celebre en Miami y no en Fort Lauderdale, como había solicitado la defensa.
25 de septiembre: El abogado Joaquín Méndez, defensor de Fernando González, pide a la Fiscalía que obligue al FBI a entregar toda la
información de que dispone sobre los conocidos terroristas Luis Posada Carriles, Orlando Bosch, Nazario Sargent, Hubert Matos, Ramón Saúl Sánchez y José Basulto, así como de las organizaciones, también terroristas, Alpha 66, Omega 7, Fundación Nacional Cubano Americana y Hermanos al Rescate, entre otras.
12 de octubre: La Fiscalía se niega a proporcionar dicha información, necesaria para el juicio.
27 de noviembre: Se inicia en una corte federal miamense el proceso judicial contra los Cinco. Las primeras sesiones se dedican a seleccionar posibles jurados.
2001
6 de marzo: Testifica el almirante norteamericano Eugene Carroll, ex-vicejefe de Operaciones Navales, quien afirma que Cuba le alertó de las constantes provocaciones aéreas contra la capital por aviones de Hermanos al Rescate.
20 de marzo: Testifica el coronel John George Buchner, quien ocupó una posición destacada en el Comando del Sistema de Defensa Aérea de Norteamérica. Declara que los vuelos de Hermanos al Rescate sobre Cuba eran “movimientos militares” en aviones “que tenían indicios militares”.
16 de abril: Testifica el General Charles Whilhem, ex comandante en jefe del Comando Sur. Asegura que la infiltración de servicios de inteligencia hostiles en ese comando es apenas una remota posibilidad por el alto nivel de seguridad de la instalación militar.
Mayo: La Fiscalía realiza una petición de emergencia al Circuito de Apelaciones de Atlanta. Con tal solicitud, los fiscales reconocieron que carecían de pruebas para sostener su acusación contra Gerardo Hernández por el cargo de conspiración para cometer asesinato en primer grado, y pidieron a última hora retirarla. Sin embargo, Gerardo fue encontrado culpable y le fue Impuesta una irracional sentencia. La Corte
de Apelaciones de Atlanta no aceptó la petición gubernamental.
1ro. de junio: Concluyen los alegatos de la defensa y de la Fiscalía después de 102 audiencias. Comienzan las deliberaciones de los 12 jurados.
8 de junio: El jurado declara culpables a los Cinco.
10 de diciembre: Los abogados de la defensa denuncian las irregularidades presentadas durante el proceso y las precarias condiciones de detención de los cinco cubanos.
12 de diciembre: Condenan a Gerardo Hernández a dos cadenas perpetuas más 15 años de prisión.
13 de diciembre: Ramón Labañino es condenado a cadena perpetua más 18 años.
14 de diciembre: Sancionan a René González a 15 años de prisión.
18 de diciembre: Fernando es sancionado a 19 años de reclusión.
27 de diciembre: Antonio Guerrero es condenado a cadena perpetua más 10 años de prisión.
2002
29 de enero: Los Cinco son trasladados en avión desde Miami hacia la prisión de Atlanta, Georgia, donde los encierran en el “hueco”. Febrero: Los Cinco son ubicados en diferentes prisiones en los Estados Unidos.
2003. No ocurrieron hechos significativos relacionados con el proceso legal.
2004. No ocurrieron hechos significativos relacionados con el proceso legal.
2005
9 de agosto: Un panel de tres jueces de la Corte de Apelaciones revocó sus veredictos de culpabilidad al considerar que estos cinco hombres no tuvieron un juicio justo en Miami. En una acción inusual, el Gobierno solicitó a los 12 jueces de la Corte de Apelaciones revisar la decisión del panel.
2006
9 de agosto: Con una fuerte opinión discrepante por parte de dos de los jueces, el pleno de la Corte revocó por mayoría la decisión de los tres jueces originales.
2007. No ocurrieron hechos significativos relacionados con el proceso legal.
2008
2 de septiembre: La Corte de Apelaciones de Atlanta ratificó los veredictos de culpabilidad de los Cinco. Conf irmó las sentencias de Gerardo Hernández y René González, y anuló las sentencias de Antonio Guerrero, Fernando González y Ramón Labañino, por considerarlas incorrectas y envió nuevamente a la Corte de Distrito de Miami los casos de estos tres últimos para ser re-sentenciados.
En esa ocasión la Corte de Apelaciones en pleno reconoció que no existía evidencia alguna de que hubo obtención ni transmisión de información secreta o de defensa nacional en el caso de los acusados del cargo de conspiración para cometer espionaje.
Uno de los tres jueces del Panel, la jueza Phyllis Kravitch emitió una opinión disidente de 16 páginas en la que argumentó que no existía evidencia alguna para sustentar el cargo de conspiración para cometer asesinato.
2009
15 de junio: La Corte Suprema de Estados Unidos anunció, sin más explicaciones, su decisión de no revisar el caso de los Cinco cubanos a pesar de los sólidos argumentos esgrimidos por los abogados de la defensa ante las evidentes y múltiples violaciones legales cometidas durante todo el proceso.
La corte desconoció, asimismo, el universal respaldo a esta petición y a los Cinco, expresado en una cifra de 12 documentos de “amigos de la Corte”, cantidad que constituye un hecho sin precedentes ya que representa el mayor número de amicus que se haya presentado hasta ese momento ante la Corte Suprema de Estados Unidos para la revisión de un proceso penal.
13 de octubre: Tuvo lugar en la Corte de Distrito de Miami la audiencia de re-sentencia de Antonio Guerrero. En el curso de la misma la propia jueza que en diciembre de 2001 le había impuesto la sentencia de una cadena perpetua más 10 años, se vio obligada a admitir que en el caso de Antonio no existía evidencia ni de obtención ni de transmisión de información secreta. No obstante, le impuso la injusta condena de 21 años y 10 meses en prisión más 5 años de libertad supervisada.
8 de diciembre: Se desarrolló la audiencia de re-sentencia de Fernando González y Ramón Labañino. La sentencia original de Fernando (19 años) fue modificada a 17 años y 9 meses en prisión, mientras la de Ramón (1 cadena perpetua más 18 años) fue reducida a 30 años en prisión.
2010
14 de junio. Fue presentada en la Corte Federal de Miami la apelación colateral (también conocida como habeas corpus) a nombre de Gerardo Hernández Nordelo. La presentación cuestiona todos los aspectos de la condena y la sentencia de Hernández. Se concentra principalmente en dos puntos.
En primer lugar, el cargo más grave contra Hernández -conspiración para cometer asesinato- carece de cualquier base de hecho. El cargo está relacionado con el derribo de dos avionetas de Hermanos al Rescate. La evidencia es abrumadora en relación con el hecho de que Hernández no tuvo nada que ver con el derribo y que la intención de Cuba de encarar los sobrevuelos ilegales a su territorio era consistente con el derecho internacional.
En segundo lugar, el juicio -realizado en Miami, la ciudad de Estados Unidos que es más hostil al gobierno cubano- fue esencialmente injusto porque el jurado fue contaminado por la propaganda financiada por el gobierno de Estados Unidos. Con posterioridad al juicio, se descubrió que Estados Unidos pagó a periodistas radicados en Miami para que dieran amplia cobertura al juicio y escribieran en los medios locales de prensa, tanto escrita, radial como televisiva, reafirmando la culpabilidad de los Cinco y promoviendo el miedo y el prejuicio en la comunidad.
También se incluyeron las violaciones cometidas por el gobierno con la manipulación de las evidencias, su falsificación y en no pocos casos su ocultamiento para obstruir la justicia y otros aspectos de carácter técnico en el ejercicio de la defensa.
2011
16 de febrero: René González presenta la moción para modificar las condiciones de la libertad supervisada, a las cuales estaría sujeto al salir de prisión en octubre. En la moción René solicitó que se le permitiera viajar a y residir en Cuba, en lugar de cumplir los tres años de libertad supervisada en Estados Unidos después de salir de prisión el 7 de octubre.
7 de marzo: El Gobierno presentó su respuesta oponiéndose a la referida moción, a la cual la defensa respondió el 25 de marzo de 2011.
25 de abril: El gobierno de Estados Unidos pide a la Corte que sea rechazada la solicitud de habeas corpus de Gerardo Hernández Nordelo y que no se le conceda una audiencia para analizar sus argumentos y las supuestas pruebas presentadas contra él. El gobierno actuó de la misma forma en relación a las mociones presentadas por Antonio Guerrero y René González.
16 de agosto: Se presentó la réplica de Gerardo a la respuesta del gobierno, en la cual se respondieron todos los argumentos esgrimidos por este y donde se presentaron también un affidavit de Gerardo, uno de su anterior abogado Paul McKenna, que apoya los planteamientos fundamentales que se hicieron en la solicitud de habeas corpus, un affidavit de Mara Verheyden-Hilliard, directora ejecutiva de Partnership for Civil Justice Fund, una organización con una extensa experiencia en litigación de asuntos de derechos civiles en cortes federales con énfasis en los temas de la Primera y Cuarta Enmiendas, así como en los tópicos relacionados con la transparencia del gobierno, y finalmente un Apéndice con la lista de los periodistas pagados por el gobierno para que publicaran artículos perjudiciales a los Cinco durante el juicio en Miami.
Agosto: Antonio Guerrero también presentó su réplica a la respuesta del goberno, en la cual se enfoca, como lo hizo Gerardo, en el uso de empleados pagados por las llamadas Radio y Televisión Martí para publicar artículos dirigidos a incitar la ira y la hostilidad hacia Cuba y los agentes cubanos.
16 de septiembre: La jueza Joan Lenard, del Distrito Sur de la Florida, rechazó la moción para modificar las condiciones de la libertad supervisada presentada por René el 16 de febrero de ese año.
7 de octubre: René González sale de la prisión de Marianna, Florida; pero debe cumplir tres años de libertad supervisada en Estados Unidos.
2012
6 de junio: La defensa presenta una moción a favor de Gerardo Hernández, mediante la cual se solicita una audiencia oral ante la Corte del Distrito Sur de la Florida. Esta nueva acción legal pide ejecutar el procedimiento conocido como Discovery, según el cual la Corte ordena al gobierno estadounidense entregar los documentos y otros materiales que obran en su poder y que no han sido dados a conocer durante el proceso legal.
La moción, que es parte del proceso de apelación colateral iniciado el 14 de junio de 2010, está basada en el derecho que tiene el peticionante y sus coacusados -Fernando González, Ramón Labañino, Antonio Guerrero y René González- de conocer el alcance de la campaña de publicidad negativa financiada contra ellos por el gobierno, con el objetivo (logrado) de asegurar que fueran declarados culpables.
El propósito de esta acción es obtener mediante interrogatorios, presentación de documentos y citaciones judiciales, toda la evidencia necesaria para que sea examinada por el tribunal en una audiencia que demostraría y probaría que las condenas deben ser anuladas.
6 de julio: La Fiscalía de la Florida envió a la Corte de Miami su oposición a la solicitud presentada por el abogado Martin Garbus, en representación de Gerardo Hernández Nordelo, en la que pidió una audiencia oral y la entrega por parte del gobierno de evidencia adicional que permita profundizar en el caso de los “periodistas” que fueron pagados con dinero federal y actuaron antes y durante el juicio de los Cinco con el propósito de crear lo que en 2005 el Panel de la Corte de Apelaciones describió como “una tormenta perfecta de prejuicios y hostilidad”.
20 de agosto: La defensa de Gerardo Hernández presentó un nuevo affidavit en apoyo a su hábeas corpus; con este paso se busca la revocación de su condena injusta, con el argumento de la mala conducta masiva del gobierno, que pagó decenas de miles de dólares a periodistas de Miami durante el juicio de los Cinco.
Si la jueza Joan Lenard no está de acuerdo con la apelación de Hernández para anular la condena, el affidávit, pide a la Corte que ordene el descubrimiento y la concesión de una audiencia oral. El objetivo del descubrimiento es la exposición total de la operación ilegal y secreta del gobierno.