Hugo Chávez solicitó este martes a la Asamblea Nacional posponer para una fecha posterior al 10 de enero la juramentación al cargo, acorde con el artículo 231 de la Constitución.
El presidente de la República, Hugo Chávez, comunicó este martes a la Asamblea Nacional que debido a un motivo sobrevenido no podrá asistir al acto protocolar de la toma de posesión en la sede del Poder Legislativo, pactado para este jueves 10 de enero, tras ser reelecto el pasado 7 de octubre.
El presidente de la AN, Diosdado Cabello, leyó una misiva enviada por el vicepresidente Nicolás Maduro, en la que se detalla que Chávez deberá extender su reposo médico más allá del 10 de enero.
En la misiva se invoca el artículo 231 de la Constitución, donde se establece que en casos como éste, por ser un hecho sobrevenido, el Presidente puede juramentarse luego ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
A continuación, el texto de la comunicación:
Caracas, 8 de enero de 2013
Ciudadano Diputado Diosdado Cabello Rondón, presidente de la Asamblea Nacional:
Estimado compatriota y camarada, con un cordial saludo, tengo a bien dirigirme a ese honorable cuerpo legislativo, en ocasión de hacerle llegar mis mejores deseos por un año 2013 abundante en logros por el desarrollo de nuestra patria.
En nombre del presidente de la República Bolivariana de Venezuela, comandante Hugo Rafael Chávez Frías, le hago llegar su sentido agradecimiento por la autorización constitucional que la Asamblea Nacional le otorgó el pasado 9 de diciembre de 2012, por decisión unánime de su plenaria, gracias a la cual se encuentra en la ciudad de La Habana, luego de someterse a la importante intervención quirúrgica, sobre la cual el país ha sido consistentemente informado.
Sobre este particular, el comandante Presidente ha pedido informar que, de acuerdo con las recomendaciones del equipo médico, que vela por el restablecimiento de su salud, el proceso de recuperación post quirúrgica deberá extenderse más allá del día 10 de enero del año en curso, motivo por el cual no podrá comparecer en esa fecha ante la Asamblea Nacional, constituyendo un irrebatible motivo sobrevenido, por lo cual se invoca el artículo 231 de la Constitución de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a objeto de formalizar, en fecha posterior, la juramentación correspondiente ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
Agradeciendo de antemano la atención que sabrá dar usted a la presente comunicación, hago propicia la ocasión para expresarle mi sentimiento de estima y consideración.
¡Que viva Chávez!
Nicolás Maduro Moros, Vicepresidente Ejecutivo
(tomado de la Agencia Venezolana de Noticias )
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