Según establece la Resolución 143, de mayo 2013, se podrá importar hornillas eléctricas, refrigeradores, freezer, duchas, freidoras, calentadores de agua, planchas, entre otros equipos.
Una nueva disposición de la Aduana General de la República de Cuba, publicada este lunes en la Gaceta Oficial, en edición extraordinaria, autoriza la importación sin carácter comercial y por personas naturales, de equipos electrodomésticos y ciclomotores eléctricos.
La Resolución 143, de mayo de 2013, establece la entrada al país de estos artículos, siempre que su valor, cantidad y requisitos técnicos se correspondan con los límites establecidos en la legislación vigente.
Podrán importarse, solo en cantidad de dos, acondicionadores de aire de cualquier tipo, si su capacidad no excede de una tonelada; y cocinas y hornillas eléctricas (las vitrocerámicas de inducción) de diferente modelo y cuyo consumo no pase de los mil 500 watt.
Se suman refrigeradores del hogar, freezer y otros equipos eléctricos, como duchas, freidoras, calentadores de agua, planchas domésticas, tostadoras de pan y hornos microonda, estos últimos de cualquier tipo y con un consumo no superior a los dos mil watt.
Cada persona natural puede entrar al país hasta dos ciclomotores eléctricos, con partes y piezas, siempre que su velocidad máxima no supere los 50 kilómetros por hora y la potencia del motor no exceda de mil watt.
La Resolución 143 define, además, que los recursos de reclamación iniciados antes de la entrada en vigor de esta normativa, y aún no concluidos, se regirán por lo dispuesto en la presente.
Salgo el viernes para la habana quiero saber si me puedo llebar en el vuelo una kavadora doble tina k solo pesa 12 kg
Kisiera saber cuantas libras puede llebar una persona k esta de visita en usa y vive en cuba cuanto pagaria 1000ps cubanos pero cuantas libras entraria por fabor diganme
quiero que me expliquen el por que los residentes en el extranjeros,, siendo cubano, por ejemplo mi caso,, soy cubana casada con un español,,,,, tengo el PRE,,, y no tenemos le derecho de llevar un portátil,,,,, un tv, un efecto eléctrico al año,,, por ejemplo,,,,,,,, y pagarlo en moneda nacional,,,, tenemos que pagarlo en cuc,,, y somos cubanos,,,, en mi caso,, yo resido en España 10 años,, jamas e podido llevar un efecto eléctrico,, ni nada, por que no voy a pagar el doble de lo qu e me cueste aquí,,,, ,, quiero que me expliquen el por que?,, yo no lo entiendo,,,