El mundo de las inversiones continúa desordenado y requiere de una medida exacta que frene los excesos
Someter las inversiones a un conjunto de normas jurídicas no es nada nuevo; tiene como precedente la Resolución No. 91, regla vigente en Cuba hasta inicios de este año y que provocó incontables dolores de cabeza, no porque impidiera el buen curso del proceso, sino porque la mayoría de los implicados quebrantaban sus principales preceptos.
De manera general, el mundo de las inversiones continúa desordenado y requiere de una medida exacta que frene los excesos. De un lado se mantiene en una cuerda floja el aseguramiento de los materiales a las obras, algo que deben garantizar las empresas suministradoras que siguen sin dar respuesta a las exigencias constructivas; por otro, continúa rota la cadena entre las figuras involucradas.
Según un famoso economista del mundo desarrollado, para llegar a la independencia económica usted tiene que convertir una parte de sus ingresos en capital, convertir la empresa en ganancia; la ganancia en inversión y la inversión en independencia económica; de ahí que para acabar de una vez con las pérdidas millonarias causadas a la economía cubana por problemas en el proceso inversionista se haya puesto en vigor el Decreto No. 327: Reglamento del proceso inversionista, que deroga la irrespetada Resolución No. 91.
Al intercambiar con Escambray Javier Pérez, subdirector de Inversiones de la Dirección Provincial de Economía y Planificación, explicó que la medida fue adoptada luego de un profundo diagnóstico que permitió identificar las principales deficiencias al respecto en todo el país y tiene como principal objetivo ordenar el proceso inversionista y actualizar y unificar las normativas jurídicas referidas al tema.
Según el directivo, a pesar de que hoy el mayor número de inversiones se aprueban a nivel central, ya sea en el Ministerio de Economía y Planificación, el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera o en el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, lo primero que cambia con el nuevo decreto es que la decisión de invertir se comenzará a descentralizar gradualmente a todos los niveles de dirección y ya está autorizado que los directores de empresas puedan aprobar determinadas inversiones sin necesidad de hacer consultas, algo que, a su juicio, en la práctica, solo permitirá aprobar aquellas que garanticen la ampliación de su actividad, mejorar el equipamiento y sostener sus funciones.
Los más optimistas confían en que este Reglamento consiga que las empresas se ajusten a lo legislado, algo que hasta hoy casi nunca se logra en el sector de la construcción, plagado de males como la falta de liderazgo, de motivación, estabilidad profesional y la ausencia de esa fuerza esencial que sigue siendo el hombre.
Otra de las novedades resulta el papel protagónico de la Dirección de Planificación Física, organismo donde se centra el proceso de tramitación de los permisos para cualquier obra. “Todo lo que sea construir comienza por aquí, desde la fase de preinversión, consulta, factibilidad, proyectos, hasta la puesta en marcha”, asegura el arquitecto José Alberto Morales Ferrer, al frente de esa entidad en la provincia.
A todas luces no se trata de cambiar el término resolución por decreto como si fuera un nuevo traje, sino de apuntalar la responsabilidad del inversionista, sujeto principal de toda obra, y al mismo tiempo definir sus funciones y las del resto de las personas que forman parte del proceso, entiéndase proyectista, suministrador, constructor, explotador y contratista, solo que a partir de ahora todos los que asuman esa función tienen como condición sine qua non haber sido capacitados sistemáticamente y, además, todos los que estén a cargo tienen que estar acreditados.
En tiempos de máquinas y digitalización, todavía el mundo de las inversiones desanda un camino imperfecto, plagado de deficiencias, despropósitos y ataduras que desmienten el abecé auténtico de la construcción, de modo que no bastará con leer un documento para arreglarlo, de ahí que la capacitación sea imprescindible.
Sin embargo, como se dice en buen cubano, esta vez la carreta se adelantó a los bueyes ya que, según las autoridades de Planificación Física, está establecido que a partir de la puesta en vigor existe un término de tres años para instruir al inversionista, algo que, razonablemente, debió suceder antes de aprobarse dicho decreto, so pena de que hoy se viole lo que establece la ley en las entidades donde esa figura no está especializada.
Ojalá que con la nueva deje de llover sobre lo mojado. Confiemos en que por medio del reglamento se puedan concretar, sin fracasos, las diferentes fases de una inversión, aspiración que no se logrará en un día, toda vez que, a pesar del control intrínseco que recoge el documento, el éxito también depende del cambio inmediato en la mentalidad de los cuadros y los involucrados para que, incluso las inversiones que ya se están ejecutando o terminando, y las que están por venir, completen sus etapas dentro del nuevo marco jurídico.
Y si algo falta en mi provincia ( Sancti Spiritus ) son centros nocturnos para mayores de 40 años.Todo son tiendas ( por divisa) y Hoteles.
podrian informar en qeue stado esta el Hotel Pansea Trinidad?
Gracias
El Pansea está en algo más de la mitad de su ejecución física y con grandes atrasos provocados por la falta de recursos como la madera, entre otras causas
Si algo sobra en mi querido pais son las normas,leyes,regulaciones,indicaciones,decretos etc.Pero en un sistema donde el inversor es casi siempre el mismo que va a poseer el objeto de inversion y todo lo necesario para el desarrollo de esa inversion tiene el mismo suministrador y propietario de casi todo:El estado,es casi imposible de que lo haga fucionar ninguna idea burocratica,por aquello que lo que es de todo,no es ni le duele a nadie. Si quieren una muestra no hay mas que mirar al hospital Camilo Cienfuegos,donde se lleva mas de 3 decadas invirtiendo dinero y todavia no se ha terminado de reparar ni de ampliar.