Más de 9 millones de pesos aportan este año las entidades espirituanas por el pago de la contribución para el desarrollo sostenible de los municipios
Gracias a la generalización este año del pago de la contribución para el desarrollo sostenible de los municipios por parte de las entidades, Sancti Spíritus ha recaudado más de 9 millones de pesos por dicho concepto hasta la fecha.
Durante el 2014 solo Fomento y Yaguajay cobraron este tributo, extendido a todos los municipios en el actual semestre, según Lianet Ruiz Mena, especialista en Atención al Contribuyente en la Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT) en Sancti Spíritus, institución creada hace dos décadas.
En opinión de Ruiz Mena, el desconocimiento de lo dispuesto en la Ley No. 113 del Sistema Tributario entre las administraciones de las entidades ha quedo atrás gradualmente en lo referido a la mencionada contribución, la cual grava los ingresos por la comercialización de bienes o prestación de servicios, obtenidos por las empresas, sociedades mercantiles y cooperativas, por sí mismas y por sus establecimientos en cada territorio.
A tenor de la propia legislación, se eximen del tributo las entidades obligadas —por estar ubicadas en zonas declaradas priorizadas para la conservación— al pago de un porcentaje destinado a la restauración y a las preservación de las mencionadas áreas; por ejemplo, empresas de Trinidad que han aportado habitualmente a la vitalidad constructiva del Centro Histórico Urbano de la tercera villa.
La cuantía de la contribución, que asciende al 1 por ciento en el 2015, depende de lo consignado en la Ley del Presupuesto del Estado, aprobada anualmente por la Asamblea Nacional.
De acuerdo con Ruiz Mena, la mayoría de las entidades se han inscrito ya en el Registro de Contribuyentes de la ONAT en los municipios; la especialista aclaró, además, que el pago lo tributan las entidades en los municipios donde operan sus establecimientos con independencia del lugar donde radique su sede principal o casa matriz.
La liquidación se realiza en los primeros 45 días naturales del mes siguiente en que se efectuaron las ventas o prestaron los servicios.
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