Desde este mes comenzará el aporte de la contribución especial a la seguridad social y del impuesto sobre ingresos personales, en correspondencia con la actualización de los sistemas de pago en el sector estatal
La generalización de ambos gravámenes responde al nuevo escenario presente a partir del establecimiento de la Resolución No.17 y luego con la No.6 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que ha repercutido en un crecimiento sostenido del salario medio mensual en las unidades empresariales.
Según establece la Resolución No. 261 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), los trabajadores abonarán mensualmente los dos tributos cuando reciban pagos por la remuneración adicional del perfeccionamiento empresarial y por rendimiento o distribución de utilidades como estímulo por la eficiencia colectiva.
En el caso de la contribución especial a la seguridad social, el tipo impositivo a aplicar será el cinco por ciento del salario que perciba el empleado, siempre y cuando su remuneración sea superior a 500 pesos.
Mientras, el impuesto sobre los ingresos personales se fijará si existen retribuciones mensuales a partir de los dos mil 500 pesos, con un gravamen de un tres por ciento para los que reciban hasta cinco mil, y de un cinco por ciento por encima de esa cantidad.
Las entidades serán las encargadas de retener o descontar los tributos, lo cual evita que los trabajadores se dirijan a las oficinas de Administración Tributaria o las sucursales bancarias, así como también lograr un mayor control en los aportes al Presupuesto del Estado.
De acuerdo con datos del MFP, al cierre del primer trimestre de este año en mil 306 entidades se pagaban, como salario medio mensual, más de 500 pesos, 403 unidades con montos superiores a los mil pesos y 25 con dos mil 500 pesos.
A partir de 2013 entró en vigor en el país la Ley 113 del Sistema Tributario, la cual establece la aplicación gradual y flexible de los tributos, a partir de la aprobación anualmente por el Parlamento del Presupuesto del Estado.
Hasta la fecha, la contribución especial a la seguridad social se aplicaba en entidades en perfeccionamiento, de la pesca y de la inversión extranjera, y en el sector presupuestado como la salud, educación, el sistema de tribunales, la Fiscalía General, la Contraloría General, favorecidos con incrementos en sus salarios escalas.
Con vistas a apoyar la creación del fondo necesario para el pago de sus pensiones, también poseen regímenes especiales los trabajadores por cuenta propia, los usufructuarios de tierra y quienes laboran en el sector artístico.
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