Pormenores de la nueva Resolución del Ministerio de la Agricultura sobre la tenencia y cuidado de los animales en cada territorio
Bastaría solo la estadística de dos fallecidos y varios lesionados en lo que va de año como consecuencia de los más de 30 accidentes de tránsito con animales sueltos en la vía ocurridos en la provincia de Sancti Spíritus para comprender la importancia de la Resolución 970 del 2016 del Ministerio de la Agricultura, que actualiza las normativas para el control del ganado mayor y fija requerimientos a los propietarios de animales con tierra o sin ella.
Alexis Vega Pérez, jefe del Departamento de Genética y Registro Pecuario en el territorio, declaró a Escambray que el nuevo Reglamento —en vigor desde el 22 diciembre del pasado año— está actualmente en fase de divulgación, instrumentación y apercibimiento de lo que corresponde en cada uno de sus acápites. También se actualiza la documentación que se pide en la Resolución sobre el ganado mayor, que comprende todo animal vacuno, bufalino o équido (en el último caso el caballar, asnal o mular).
“En esencia este cuerpo legal norma el funcionamiento y el control de esta masa en los territorios y define que pueden ser propietarios de ganado mayor las personas naturales y jurídicas residentes permanentemente en el país y para obtener la propiedad del animal tiene que poseer la licencia sanitaria, cumplir los trámites de inscripción en el registro pecuario y disponer para el cuidado de los équidos de cuadras o cobertizos en el caso de las personas que no son dueños de tierra, lo cual requiere aprobaciones urbanísticas, o la autorización escrita de un propietario para que los animales pasten en esas áreas”, precisó el funcionario de la Delegación Provincial de la Agricultura.
¿Hasta qué punto la Resolución podrá establecer el control eficaz que se necesita sobre el ganado mayor?
El nuevo Reglamento deja claro las condiciones a cumplir para tener ganado, no solo en materia de regulaciones sanitarias, sino también en el plano de la seguridad, de la alimentación, el agua y el cercado; de no garantizar dichos requerimientos, esa persona no puede tener animales; esto es válido, tanto para los que poseen tierra como para los que no la tienen.
Todos aquellos que emplean la tracción animal en la transportación de pasajeros o cargas —coches— tienen que garantizar las corraletas para los animales o la autorización de un propietario de tierra para tenerlos en aquel lugar.
En esta primera etapa de trabajo les damos la prioridad a los que no tienen tierra porque en la provincia existen 13 127 propietarios de ganado sin terreno y concentran una masa, entre vacunos y equinos, de 50 839 animales.
La Resolución da el margen de un año para que las personas creen esas condiciones de seguridad; si al transcurrir los 12 meses de la puesta en vigor de este Reglamento no se garantiza el cercado perimetral de las áreas, el propietario o tenedor no podrá poseer animales.
¿Además de implementar la Resolución en qué otras acciones se trabaja en lo relativo al control del ganado mayor?
Sancti Spíritus es la provincia de más accidentes por animales sueltos en la vía y trabajamos en la aplicación de medidas profilácticas y también drásticas para enfrentar tal situación. Estamos centrados en una labor conjunta con la PNR y la Comisión Provincial de Vialidad, disponemos de un puesto de dirección y un dispositivo permanente para recoger los animales que estén sueltos en las vías u otros lugares.
La ley no permite tampoco que el animal esté amarrado ni con la persona al lado pastando en la faja de la carretera, en tales casos también se le decomisa. El sector que más incide es el privado y solo en mayo se recogieron 62 animales y se hicieron las actas de decomiso; aclaramos que el sentir no es recoger animales, es eliminar el peligro que representa el ganado mayor suelto en las vías.
¿Cómo enfrentan el pastoreo de ganado fuera de los potreros?
Estamos atendiendo primero lo que más golpea hoy: los animales sueltos en las carreteras; lo otro radica en el pastoreo en las áreas no autorizadas, ahí tenemos dos partes porque, por ejemplo, en una instalación estatal que tenga cerca perimetral, custodios, consejo de dirección y trabajadores, no tiene por qué existir un animal pastando.
Hay más de 1 000 propietarios apercibidos —advertidos— sobre este asunto de pastorear en áreas no autorizadas, como fajas de carreteras o en espacios de las ciudades, este es un enfrentamiento que involucra a todos porque cada lugar aquí tiene un dueño o un responsable, sin desconocer que la primera responsabilidad y violación es del propietario del animal.
¿Basta con un Reglamento nuevo para disciplinar la tenencia de ganado mayor y el viejo problema de los animales sueltos?
Depende de nosotros hacer cumplir estas medidas y darles el seguimiento que requieren; sobre esa base lo estamos instrumentando, la vamos a ir revisando y tendremos que responder también por la respuesta que se espera de esa Resolución.
El objetivo es el control sobre los animales, de echo existe, tenemos los ejemplares identificados, registrados, trabajamos sobre eso amén de que puedan surgir dificultades, pero estamos hablando de que estas son indisciplinas que influyen sobre ese control de la masa ganadera.
Una Resolución por sí sola no logra todos los resultados, depende de los hombres, de los que tenemos la responsabilidad de aplicarla y exigir para que no sea una letra muerta; depende de la disciplina de los dueños, también del apoyo de toda la población y de las estructuras estatales involucradas, pues el peligro de los animales sueltos es un fenómeno que afecta a toda la sociedad.
Escambray comparte la urgencia de poner orden y disciplina alrededor del ganado mayor y los animales sueltos, no pretende adelantarse a los acontecimientos, ni mucho menos contraponerse a los postulados del nuevo Reglamento; solo llamar la atención en el popular asunto de los coches en la cabecera provincial porque es algo que debe verse más allá del control del animal.
Cuando expire el plazo de los 12 meses —en diciembre próximo— y se aplique la Resolución con el rigor que se anuncia, esta actividad asociada al trabajo por cuenta propia y al traslado de pasajeros puede verse en apuros. ¿Se autorizarán dentro de la ciudad las corraletas para proteger los equinos? ¿Quién define en los alrededores espacios, si es que existen, para tal fin? ¿Todos los caballos que intervienen en la actividad pertenecen a propietarios con tierra o los demás podrán ir a pastar a terrenos de otros? La Resolución es clara: el propietario sin tierra que no cree esas condiciones no puede tener animales. Como en el cuerpo de la nueva normativa no se leen excepciones y Sancti Spíritus es el municipio con mayor número de propietarios de animales sin tierra, cabe pensar que muchos coches pueden quedar varados por falta de la tracción animal. ¿Está preparada la ciudad para ese freno en tal modalidad de transportación?
|
Escambray se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social, así como los que no guarden relación con el tema en cuestión.