Tras la convocatoria se leyeron y mostraron las siete preguntas incluidas en el texto, cinco pertenecientes al referendo y dos a la Consulta Popular.
Posteriormente, la vicepresidenta del CNE, Ana Marcela Paredes, precisó que en Ecuador se reconoce el voto de manera obligatoria para los ciudadanos mayores de dieciocho años, incluidas las personas privadas de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada.
‘La Constitución amplía la participación política de la ciudadanía a través del voto facultativo, reconociendo este derecho para las personas entre 16 y 18 años de edad, mayores de 65, ecuatorianos que habitan en el exterior; integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en servicio activo y personas con discapacidad’, enfatizó.
Asimismo, recordó que también pueden ejercer ese derecho los extranjeros, a partir de los 16 años de edad, con residencia legal en el país de al menos cinco años y quienes estén inscritos en el Registro Electoral.
De su lado, el consejero Mauricio Tayupanta advirtió que con esos requisitos se reconoce el derecho al sufragio como un mecanismo efectivo de igualdad y participación en un estado constitucional de derechos y justicia.
Según explicó, en el caso de los privados de la libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada, la votación se adelantará para el 1 de febrero, mientras que al día siguiente lo harán, mediante el Voto en Casa, las personas con más del 75 por ciento de discapacidad física y mayores de 65 años, en las 24 provincias.
El domingo 4 de febrero, las urnas abrirán desde las 07:00, hora local, hasta las 17:00. ‘Aplicamos el principio de equidad como un pilar de la democracia plena y participativa, que invita a todo ciudadano, con voto obligatorio o facultativo, a expresar su opinión libremente y sin barreras físicas ni sociales’, señaló.
La propaganda electoral para el proceso iniciará desde las 00:00 horas del miércoles 3 de enero de 2018 hasta las 23:59 del jueves 1 de febrero, especificó por su parte la también consejera Luz Haro, y añadió que dentro de este período sólo el CNE podrá informar y publicitar sobre el ejercicio electoral.
Finalmente, el consejero Paúl Salazar aclaró que ninguna institución del sector público en cualquiera de los niveles de gobierno, podrá realizar propaganda, publicidad o utilizar sus bienes o recursos con fines electorales, para el proceso e igualmente se prohíbe la entrega de donaciones, dádivas o regalos que induzcan a los electores a pronunciarse por una posición.
Para efectos del control del gasto electoral de la campaña, el CNE calculará el límite máximo de gasto electoral, en cumplimiento de lo establecido por la Constitución, la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador y el Código de la Democracia y reglamentos respectivos.
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