Asimismo, tiene el propósito de que el Ejecutivo Nacional adopte medidas urgentes para asegurarle a la población el disfrute de sus derechos, preservar el orden interno, el acceso oportuno a bienes, servicios, alimentos y medicinas.
El pasado 13 de marzo el presidente venezolano, Nicolás Maduro, prorrogó el plazo establecido el 13 de enero de 2017.
Por otra parte, el decreto del TSJ reitera que ‘resultan manifiestamente inconstitucionales, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica, los actos emanados de la Asamblea Nacional (de mayoría opositora), incluidas las leyes que sean sancionadas, mientras se mantenga el desacato a la Sala Electoral del TSJ’.
Además, la Sala Constitucional insta al Parlamento a respetar el Estado de Derecho y de Justicia, todas sus sentencias y las de la Sala Electoral, con el propósito de continuar manteniendo de forma permanente, inalterable e irreversible el orden constitucional de la República.
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