Desde este sábado entró en vigor la Resolución 54/18, del Ministerio de Comercio Interior, que regula la protección al consumidor en el sector
Con la aparición de este instrumento jurídico, además de eliminarse la dispersión legislativa en cuanto al tema, se le adiciona una fuerza importante al actual Código Penal, que entre sus artículos incluye el delito de Engaño al Consumidor con un marco sancionador de seis meses a dos años de privación de libertad o fuertes multas.
De hecho, la Fiscalía General de la República en su función de garante de la legalidad afirmó haber incorporado la normativa a su quehacer diario.
No obstante, la población se pregunta si esta resolución será capaz de frenar las violaciones y hasta las tipicidades delictivas relacionadas con la mala calidad de artículos en venta o incompletos en su composición o peso, y con el cobro de la mercancía por encima de los precios reales, entre otros.
Precisamente ahora la Resolución 54/18 se proyecta también por la salvaguarda de los requisitos de calidad, entre estos, la inocuidad de los alimentos, aspecto de suma importancia si tenemos en cuenta que especialmente durante el verano la violación de lo establecido por las autoridades sanitarias pudiera comprometer la salud de una parte de la población.
La lógica indica que en lo adelante las inspecciones sean más exigentes hacia las carnes expuestas al calor y contra los vectores en los mercados y plazas, con los alimentos confeccionados desde muchas horas antes de consumirlos, o con los dulces que sufren la pérdida de su calidad guardados en vitrinas o simplemente al aire libre.
Igualmente la normativa hace referencia a la necesidad de garantizar por las administraciones facilidades para la estancia de los consumidores en las unidades o lugares que ofertan servicios, sobre todo con la mirada puesta en priorizar a los grupos más vulnerables (niños, ancianos, personas con alguna discapacidad), así como eliminar donde sea posible las barreras arquitectónicas.
Vela la disposición legal por proteger a los consumidores de las prácticas engañosas y de los vicios ocultos, apuesta por fortalecer el sistema de garantías a los servicios y productos ofertados.
También reafirma la inviolabilidad de los derechos del consumidor, como la posibilidad de recibir compensación, indemnización y reparación por los daños y perjuicios sufridos.
Mary Blanca Ortega, titular del MINCIN, recordó que por las atribuciones otorgadas a ese organismo la norma es válida para todas las entidades que comercializan bienes y servicios a la población, y extensiva a los ministerios de la Agricultura, Turismo y de Cultura.
Por lo tanto, la política involucra a los mercados mayoristas y minoristas, a los servicios gastronómicos- incluida la alimentación social-, a los servicios técnicos y personales de uso doméstico, y a los de alojamientos asociados al sistema de gestión de las Empresas de Comercio Minorista, subordinadas a los Consejos de la Administración Provincial.
Al decir de la Ministra la resolución- publicada el pasado 4 de mayo y en vigor después de cumplido el plazo de los 30 días naturales- contará con la voluntad política del gobierno para instrumentarla y se auxiliará del Código Penal en el enfrentamiento a actividades delictivas como el engaño al consumidor o el desvío y ocultamiento de mercancías.
Nuevas normativas legales y la voluntad de hacerlas cumplir constituyen dos elementos que podrían devolverle la tranquilidad al consumidor.
Entra en vigor resolución que regula la protección al consumidor
Desde este sábado entró en vigor la Resolución 54/18, del Ministerio de Comercio Interior, que regula la protección al consumidor en el sector Con la aparición de este instrumento jurídico, además de eliminarse la dispersión legislativa en cuanto al tema, se le adiciona una fuerza importante al actual Código Penal,
jajajaja y después dicen que se perdió el humor en la tierra del Yayabo
Yo me imagino que con salir «a pie», sin anunciarse, por las unidades gastronómicas de Sancti Spiritus, es mucho lo que tendrán que aplicar de esa resolución o es que seguiremos en eso que se comenta «eso es furia, eso se pasa ahorita y seguimos en lo mismo».
Si los encargados de hacer cumplir la ley hicieran su trabajo quizás esta resolución mejoraría las cosas,pero ninguna ley que no se aplica resuelve nada..Pasen por los mercados y pregunten si algo cambió