Hasta el venidero 30 de abril se realizará la campaña de declaración jurada, que comenzó el 8 de enero
Evasión fiscal: ¿sancionar por sancionar?
A pagar a tiempo y hacerlo adecuadamente, que se traduce en no falsear los datos, instaron a los contribuyentes las autoridades de la Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT) en la provincia en la actual campaña de declaración jurada del impuesto sobre los ingresos personales, prevista desde esta semana y hasta el 30 de abril venidero.
En el presente ejercicio fiscal están obligados a declarar casi 9 000 espirituanos, sumados los trabajadores por cuenta propia incluidos dentro del Régimen General de Tributación; los artistas, creadores y personal de apoyo del sector de la Cultura; los comunicadores sociales y diseñadores de la Asociación Cubana de Comunicadores Sociales, y quienes laboran en sucursales extranjeras.
Lianet Ruiz Mena, especialista del Departamento de Atención al Contribuyente de la ONAT en Sancti Spíritus, comentó que, independientemente del aumento gradual de la disciplina tributaria observado hoy, durante las campañas anteriores no pocas personas declararon ingresos por debajo de lo obtenido en un claro intento de evadir sus obligaciones.
Las fiscalizaciones realizadas por la ONAT a las declaraciones juradas han sacado a la luz esos propósitos de burlar el fisco, que conllevan multas, recargos y sanciones penales, si los contribuyentes no rectifican y no pagan las deudas en los términos instituidos.
En la actualidad, los obligados por ley a saldar sus respectivas cuantías reciben la documentación fiscal a través del correo postal, los tenedores de libros, cobradores-pagadores de impuestos, o en las propias sedes de la ONAT.
Igualmente, en el sitio web de la ONAT (www.onat.gob.cu) pueden descargar documentos como modelos de pago, declaraciones juradas, plegables informativos y la DJ 08 en formato Excel, que facilita su llenado, y puede ser entregada impresa.
Escambray se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social, así como los que no guarden relación con el tema en cuestión.