La máxima instancia judicial prohibió la doble militancia en respuesta al desentendimiento de esos grupos a lo establecido en la Ley de Partidos Políticos
Según la legislación vigente, los entes políticos validados ante el Consejo Nacional Electoral participarán en los comicios, convocados de forma anticipada por la Asamblea Nacional Constituyente para antes del 30 de abril de 2018.
El Tribunal Supremo (TSJ) ordenó este jueves al organismo rector del proceso eleccionario que excluyera la tarjeta correspondiente a la MUD, debido a que esta reúne a varios partidos que se negaron a participar en el proceso de validación de agrupaciones políticas.
Por ende, la máxima instancia judicial prohibió la doble militancia en respuesta al desentendimiento de esos grupos a lo establecido en la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones.
La coalición está conformada por varios partidos de oposición, entre ellos Un Nuevo Tiempo y Avanzada Progresista, Acción Democrática y Primero Justicia, cuya renovación queda pendiente para el 27 y 28 de enero.
El proceso de validación ante el CNE es fundamental para participar en cualquier proceso electoral, especialmente aquellas organizaciones que se ausentaron de previas convocatorias a las urnas, como lo estableció en diciembre la Asamblea Nacional Constituyente.
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