Las nuevas normas para la gestión de las Cooperativas No Agropecuarias (CNA) buscan potenciar y normar a este emergente sector de la economía de la isla.
Tal
criterio lo sustentó la segunda jefa del Área de Perfeccionamiento a Entidades
de la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo de las CNA,
Yovana Vega.
Con la publicación hoy en la Gaceta Oficial de Cuba de regulaciones sobre las
Cooperativas No Agropecuarias (CNA), las autoridades insulares perfeccionan el
sistema empresarial, dijo.
En esa publicación, aparecen el Decreto Ley 366 y el 356, además de dos normas
con los números 361 y 362 sobre las CNA que se encuentran en proceso experimental.
Entre lo novedoso se precisa que las CNA son ‘cooperativas de trabajo’, donde
los socios tienen como principal contribución su labor personal.
Además se fomenta la relación de la cooperativa con el territorio donde está
ubicada, por lo que tributan al desarrollo económico y social de la nación
desde el ámbito territorial.
Otro aspecto reciente está en potenciar la educación y formación de los socios,
y definir los requisitos para ser elegido presidente de una cooperativa, así
como las causas de su revocación.
Se introduce la figura de Socio a prueba, otorgando la posibilidad de evaluar
las capacidades y cualidades del individuo para ser miembro de la cooperativa.
Otra novedad está en los documentos al establecer rangos para el crecimiento de
los socios de las cooperativas, según la cantidad existentes al momento de
ponerse en vigor la norma.
Establece como principio de retribución económica la existencia de un límite
máximo de tres veces entre el socio que más ingresos percibe y el de menos, con
el objetivo de garantizar la distribución justa y equitativa de las utilidades.
Además, se aplica el término de tiempo de un año a tres para negociar
bonificaciones o exenciones del pago de arrendamiento de inmuebles, cuando la
cooperativa asume su reparación.
Otro tema interesante es la regulación sobre la participación de los socios en
las secciones sindicales, facilitando creación y funcionamiento de estas dentro
de las cooperativas.
En la relación de novedades, los documentos estipulan la posibilidad de
suspender las operaciones de la cooperativa de manera temporal por un plazo
máximo de seis meses, ante la detección de problemas o deficiencias en la
gestión.
También establecen el derecho de reclamación ante decisiones administrativas de
extinción, la promoción del uso de instrumentos de pago y títulos de créditos,
entre otras flexibilizaciones.
Las normas jurídicas actuales relacionan una serie de asuntos que fueron
observados durante la primera parte del experimento, y con el objetivo de
potenciar esta forma productiva ahora se perfeccionan.
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