A partir de la situación que vive Cuba con la presencia del Coronavirus la Ministra de Finanzas y Precios Meisi Bolaños Weiss informó en el programa televisivo Mesa Redonda de este lunes 23 de marzo que todos los trámites de carácter formal y presencial para realizar altas, bajas, cambios de domicilio u otros similares en las oficinas de administración tributaria se prorrogan hasta después del 30 de abril.
No obstante, aseveró, dichos trámites pueden realizarse a través del Transfermóvil u otras vías electrónicas habilitadas, pues de lo que se trata es de evitar aglomeraciones de personas en las instituciones bancarias.
Bolaños Weiss informó también que quedan aplazados para después del mes de abril los pagos de impuestos o tributos ante las sucursales bancarias por parte de los contribuyentes. Asimismo la Ministra dio a conocer que se faculta a los Consejos de Administración Municipales a aplicar la reducción de las cuotas tributarias mensuales en aquellas actividades por cuenta propia que se ven afectadas significativamente.
La titular igualmente precisó que el control de precios será fortalecido con todas las estructuras del ministerio y a nivel provincial y municipal porque hay que mantener los precios establecidos y evitar el acaparamiento.
Martha Elena Feitó, Ministra de Trabajo y Seguridad Social por su parte aseguró que todas las medidas de carácter laboral, salarial y de seguridad social adoptadas para la etapa han sido acogidas de manera satisfactoria por la población.
Sobre la medida de interrupción laboral en los trabajadores del sector estatal ratificó que en este caso la política es fortalecer la reubicación laboral con un concepto mucho más amplio y de una manera excepcional, cuando no sea posible reubicar a ese trabajador, recurrir al tratamiento que consiste en que en el primer mes cobrará el ciento por ciento de su salario y el resto del tiempo de interrupción devengará el 60 por ciento.
En el caso de los trabajadores contratados del sector cuentapropista la titular señaló que la protección es prácticamente de carácter tributario.
He tratado de pagar el vector fiscal de la actividad por cuenta propia pero la del mes de marzo no puedo pagarla pues parace que el sistema no esta preparado para el pago del mes de atrazo (me atrace por el tema del coronavirus y no pague en abril el correspondiente al mes de marzo) sin embargo hice lo mismo para pagar el mes de abril y funcion perfectamente por el tranfermovil ahora mi pregunta es:
¿porque el sistema no esta adecuado para pagar la cuota atrazada?, tengo que ir al banco obligatoriamente ha realizar este pago porque no lo han tenido en cuenta (al realizar el pago del mes de marzo me sale el mensaje y cito textualmente (fallo el pago de la ONAT. Banco Bandec aun no se tiene información sobre esta factura), pienso que con la situación actual se debe permitir realizar estos pagos atrazados ya que no fueron por culpa mia pues lo que se quiere es eliminar las aglomeraciones en los bancos pero yo voy a tener que ir por el dichoso mes de marzo………………
saludos
Mi esposo tiene Licencia como zapatero remendón y desea realizar el pago de su licencia pero el pasado mes trató de hacerlo por el cajero a través de su tarjeta magnética y no pudo. ¿Podrá realizar el pago a través del TRANSFERMÓVIL?
Buenas tardes, tengo Licencia de trabajo por cuenta propia cómo Dulcero Panadero, siempre fue concebida para trabajos por encargos, mi trabajo se ha visto afectado por la Covid19, por la suspensión de los eventos, por lo que quisiera solicitar una disminución de la cuota durante éste periodo, puedo hacerlo por esta vía? Gracias
Quiero suspender ¿Cm hacerlo desde aquí?
Tengo licencia de servicio domésticos ya no estoy trabajando pero quisiera suspenderla hasta q empieze la 3 ra fase q es q entran los extranjero porque mi trabajo es en un Hostal. Qué tengo q hacer para suspenderla?
Con esta situación del Covid, ¿Es posible utilizar el dinero de la cuenta fiscal para los trabajadores por cuenta propia que pidieron una suspensión de la licencia?
A qué correo o por que vía puede enviar el DJ de la liquidación del 2019
Si hoy 17/04/20 solicité al Órgano de Trabajo una suspensión por tres meses por que vivo en el Reparto 26 de Julio del Municipio Holguín, el que se encuentra en CUARENTENA por el COVID-19, y no estoy ejerciendo la actividad, pregunto:
1-¿Tengo que pagar el impuesto sobre ingresos personales (patente mensual) y el impuesto sobre los servicios (10%) del mes de abril ?
2-¿Se puede pagar la seguridad social de forma mensual o trimestral, o toda hasta diciembre de 2020
3-Tengo que realizar el depósito del 65% de las ventas del mes de abril?
4-¿De estar obligado a realizar el depósito del 65%, puedo realizar una transferencia desde otra cuenta bancaria o de la cuenta bancaria de un cobrador-pagador a la cuenta fiscal?
5-¿Puede realizar extracciones de la cuenta fiscal realizando una transferencia a una cuenta de ahorro o a una cuenta de un cobrador pagador, para que este me entregue el dinero en efectivo?. ¿Puedo si estoy de licencia por el COVID-19, dejar inmovilizado el dinero en la cuenta fiscal?
6-¿Si transcurrido los tres meses de licencia, esto continua, tengo que pedir una nueva licencia?
7-¿Si antes de los tres meses, esto termina, con pagar los impuestos se cancela la licencia?
Tengo un tcp de arendamiento y han orientado enviar una solicitud digital para la suspencion de mi actividad por no poder desplazarme a las oficinas pero no tengo acceso a la pagina web donde puedo encontrarla igualmente la solicidud para enviar la dj por via digital ,inquietud de varios vecinos,cuba saldra adelante,gracias super gigante estado socialusta que tenemos
Hola!!. Soy cuenta propista mi actividad es Servicio gastronómico en cafetería, allí lo único que vendo es cóctel de ostion, pescado y camarón, lo que casi nunca hay materia prima para trabajar y ahora con esto menos, trabajo en un kiosko donde tengo contacto bien cerca con las personas y por supuesto tuve que parar la actividad porque no voy a correr el riesgo de ser contagiada, pero mi pregunta es la siguiente. ¿Me pagan por el tiempo que no se puede ejercer la actividad, es decir mensual?.
Porque en el Organo de Trabajo dice que no, pero quiciera que me respondieran porque la verdad es que no entiendo por qué no si para eso yo pago una seguridad social donde se supone que en caso como este deberian de pagarlo porque no depende de nosotros si no de una enfermedad a nivel mundial que está acabando con las personas, pero mi otra pregunta es la siguiente. ¿De qué vivimos mi hija de un año, mi esposo que en este caso es mi ayudante, y yo, si de este trabajo dependemos para comer , pagar refrigerador y corriente, no para ahorros, ni otras cosas personales como vestimentas, ect?. Por favor necesito respuestas para aclarar mis dudas e inquietudes. Muchas gracias y que Dios nos bendiga a todos con ésta epidemia.
MFP, la información brindada el día 20/03/20 no se parece en nada a la que dió ayer .
Em la primera hablo de suspensión de las obligaciones tributarias (arrenadadores de hostal) pero en la de ayer habló de posponer hasta pasado el 30 de Abril de las obligaciones de pago de impuestos. Por favor hace falta una información definitiva, para evitar males mayores cuando se aperture de nuevo la actividad de TCP