Varios trámites relacionados con la vivienda se gestionarán a partir del 19 de diciembre próximo solo en las direcciones municipales de Planificación Física (PF), sin necesidad de acudir a las oficinas del Arquitecto de la Comunidad, ni a la Dirección de la Vivienda en cada territorio.
“La carpeta jurídica que salió recientemente tiene como objetivo agilizar los trámites de la población. A partir de esa fecha, la mayoría de los trámites relacionados con la vivienda se radican en Planificación Física municipal y se agilizan también los términos de entrega de esos documentos considerablemente”, aseguró a Escambray Ciro Rodríguez, subdirector de ese organismo en la provincia.
“Por ejemplo, las certificaciones catastrales —que sustituyen al dictamen técnico hecho por el Arquitecto de la Comunidad— tenían 30 días para su entrega. Ahora, si tengo el levantamiento catastral realizado, se puede entregar en un término de hasta siete días. Y no solo se mejora el tiempo, sino también la familia porque el dictamen técnico es mucho más caro que esa certificación catastral que solo cuesta 50 pesos”, agregó el directivo.
Esa posibilidad solo ser podrá extender por ahora a algunos municipios que concluyeron parcialmente el registro catastral (Yaguajay, Jatibonico y Taguasco) porque el resto de los territorios solo ha terminado este levantamiento en algunas zonas, como Sancti Spíritus, que únicamente lo ha cerrado en Los Olivos y el Camino de La Habana.
Otras diligencias que también se simplifican son las relacionadas con la actualización de los títulos de propiedad, en la cual intervenían el Arquitecto de la Comunidad, la Vivienda y PF y a partir de ahora se realiza únicamente en las direcciones municipales de PF, donde se obtiene la documentación para acudir directo ante el notario.
“El título de propiedad se actualizacuando hay errores u omisiones relativos a los elementos de la descripción, de la tasación o no consten los linderos y sus medidas; cuando se realizan acciones constructivas internas que modifican la descripción de la vivienda, la unifican o dividen y no requieren licencia ni autorizo de obra; cuando no coincide la realidad física con la reflejada en el título de la propiedad por haberse ejecutado acciones constructivas; cuando sea necesario rectificar o ajustar los linderos, sus medidas y la superficie total. Es importante que la propiedad esté clarita, a veces la engavetamos y hace falta que la familia la lea por si requiere actualización”, insistió Ciro Rodríguez.
Las nuevas disposiciones reconocen además el derecho de posesión sobre las casas de campo a partir de la propiedad de las fincas rústicas donde se encuentran enclavadas; y quienes se disponen a construir ya pueden prescindir de las gestiones en el Arquitecto de la Comunidad y la Vivienda, pues en PF se les entrega toda la documentación necesaria.
“En general, se reducen los términos de entrega de toda la documentación vinculada a Planificación Física que solicita el cliente, se agilizan mucho los trámites porque todos se radican directo en nuestras direcciones municipales”, concluyó.
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