El presidente cubano Miguel Díaz-Canel aseguró que los resultados de las demandas contra líneas de cruceros en cortes norteamericanas nos dan la razón sobre ilegalidad del Título III de la Ley Helms-Burton.
En un mensaje difundido a través de la red social Twitter, el mandatario cubano hizo alusión a un reporte del periódico Granma referido a la desestimación de la demanda judicial contra la compañía de cruceros MSC Cruises, una postura que reiteró una jueza estadounidense en otro caso contra la línea Norwegian Cruise.
La magistrada Beth Bloom emitió una orden en Miami, Florida, en la cual
desestimó la reclamación con perjuicio, lo cual significa que la corte adoptó
una determinación final sobre los méritos del caso y que, por lo tanto, el
demandante tiene prohibido presentar otra acción legal basada en los mismos
motivos.
Havana Docks Corporation, una compañía que dice ser ‘propietaria legítima de
ciertos bienes inmuebles comerciales’ en el Puerto de La Habana, interpuso una
demanda el 27 de agosto pasado contra Norwegian Cruise y otras dos empresas,
MSC Cruises y Royal Caribbean, por el uso de esa infraestructura.
En la reclamación se señaló que, a partir de marzo de 2017, y durante los
próximos dos años, Norwegian ‘a sabiendas e intencionalmente comenzó, condujo y
promovió su negocio comercial de líneas de cruceros a Cuba’, por lo cual
embarcó y desembarcó regularmente a sus pasajeros ‘sin la autorización del
demandante o cualquier ciudadano de Estados Unidos que tenga un reclamo sobre
la propiedad sujeta’.
Por su parte, la línea de cruceros argumentó en una moción que la demanda debía
ser desestimada por cuatro razones, entre ellas que el reclamante no menciona
hechos suficientes para alegar plausiblemente que traficaba o viajaba
ilegalmente a sabiendas y de forma intencional.
La compañía añadió que la aplicación del Título III en este caso violaría la
Cláusula ex post facto y vulneraría retroactivamente la Cláusula del Debido
Proceso, y apuntó, además, que Havana Docks Corporation no alegó que el
demandado traficaba con bienes sobre los cuales el demandante posee un reclamo.
Asimismo, como el demandante poseía un contrato de arrendamiento por tiempo
limitado que habría terminado en 2004 si la terminal no hubiera sido
nacionalizada en 1960, Norwegian argumentó que la ‘propiedad’ no es un asunto
de la reclamación, porque el interés del reclamante habría expirado 13 años
antes de la llegada de sus barcos a la isla.
En el documento emitido por la jueza para desestimar este caso, se indicó que
‘el reclamo del demandante que involucra una concesión por tiempo limitado no
le da derecho a reclamar por actividades que tuvieron lugar años después’.
Bloom se pronunció del mismo modo en un documento del 3 de enero en el cual
rechazó igualmente la acción presentada contra MSC Cruises por Havana Docks
Corporation.
La Helms-Burton, aprobada por el Congreso estadounidense en 1996, codifica el
bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Washington contra Cuba
hace casi 60 años.
Su Título III, que la administración de Donald Trump activó el 2 de mayo de
2019, permite a ciudadanos estadounidenses presentar reclamaciones contra
personas y entidades, incluso de terceros países, que inviertan en propiedades
nacionalizadas en Cuba tras el triunfo de la Revolución el 1 de enero de 1959.
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