El Parlamento de Cuba aprobó este martes la propuesta de Ley de Ordenamiento territorial y urbano y la gestión del suelo, primera normativa sobre el tema que alcanza este rango en la historia del país.
En la presentación del cuerpo jurídico ante el legislativo, Samuel Rodiles, presidente del Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbano (Inotu), resaltó el proceso de análisis y búsqueda de consenso al cual fue sometido el texto.
En este sentido, destacó las consultas a expertos y varias sesiones de trabajo con los diputados, intercambios en los cuales fueron realizadas más de 200 propuestas, que resultaron en una modificación sustancial del documento.
Asimismo, la población también hizo importantes aportes, mediante la página web del Parlamento, el correo electrónico y otras vías.
El dictamen de las comisiones de Industrias, Construcciones y Energía, y de Asuntos Constitucionales y Jurídicos sobre la ley, destacó que esta constituye una disposición necesaria y novedosa.
Asimismo, resaltó aspectos de esta como la propuesta de la declaración de incompatibilidad y ruina sobre las edificaciones; la construcción en azoteas estatales, y las servidumbres.
También el reconocimiento de la necesidad de mecanismos e incentivos económicos, fiscales y legales que compulsen a un manejo sostenible del suelo y las herramientas que permiten poner los beneficios derivados de las operaciones sobre el suelo al servicio del interés general.
Por la importancia de la legislación y su impacto en la vida cotidiana, las comisiones parlamentarias recomendaron al Inotu desarrollar un plan de capacitación de sus integrantes y otros organismos, de modo que conozcan a profundidad sus elementos.
De igual manera, establecer una estrategia de comunicación social que permita darla a conocer a la población, uno de sus actores, así como informar al Parlamento en el término de dos años sobre su implementación.
La norma regula de forma adecuada las exigencias del planeamiento, la gestión, el control y la disciplina territorial y urbana, además de actualizar el marco jurídico de manera que articule y coordine las diferentes competencias que inciden sobre el territorio.
Para ello establece los instrumentos, ámbito, alcance, niveles de aprobación y gestión; asimismo, define las responsabilidades de los órganos locales del Poder Popular y los distintos actores que intervienen en estos procesos, y el régimen urbanístico del suelo, entre otros asuntos.
La ley está en consonancia con derechos constitucionales como los referidos al disfrute de los bienes de propiedad personal relacionados con el suelo, a un medio ambiente sano y equilibrado, a un hábitat seguro y saludable, y a una vivienda adecuada.
Igualmente promueve la protección y el uso racional de los recursos naturales del país, la preservación del patrimonio cultural y natural, todo ello en estrecha vinculación con el desarrollo sostenible de la economía y la sociedad, mediante políticas públicas y disposiciones.
Aprueba parlamento de Cuba ley de los Tribunales Militares
La Asamblea del Poder Popular de Cuba (parlamento) aprobó este martes en La Habana la Ley de los Tribunales Militares, cuyo objetivo es contribuir al fortalecimiento del orden y disciplina en ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior.
Esta legislación, conformada en base a los principios que establece el Capítulo V de la Constitución de la República, consolida el régimen de garantías individuales en el ámbito militar.
Además, en consonancia con los instrumentos internacionales y la Constitución de la República consagra el principio de la igualdad ante la ley, el derecho de toda persona a que se presuma su inocencia, el de ser oída públicamente y con justicia por un tribunal competente, independiente e imparcial establecido por estatuto.
El presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional, José Luis Toledo Santander, explicó que los tribunales militares establecidos en el país, tienen la misión de saber los delitos que afecten la disciplina, el orden u otros intereses de especial protección en las instituciones armadas de la nación.
Al dar a conocer el dictamen de esta ley, Toledo Santander añadió que el estamento militar representado por las Fuerzas Armadas Revolucionarias, las formaciones armadas y combatientes del Ministerio del Interior, conforma una organización especializada en cuanto a su misión, estructura, funcionamiento y forma de vida dentro del Estado.
Para el correcto y eficaz funcionamiento del mismo, el Estado le reconoce una jurisdicción que se expresa en la tutela jurídica de sus deberes, obligaciones y de los hechos de las áreas que en atención a los altos intereses representados, demandan de regulaciones especiales, estableciendo consecuentemente el régimen de sanciones pertinentes, detalló.
Recalcó que el derecho de las personas a ser juzgadas por los tribunales preestablecidos, con arreglo a los procedimientos legalmente determinados y el respeto a los derechos de las partes, se destacan en su contenido de la ley.
Por su parte, el presidente del Tribunal Supremo Popular, Rubén Remigio Ferro, explicó que a esta Ley de los Tribunales Militares se le adicionaron cuatro artículos y se modificaron otros 23. Los restantes fueron perfeccionados en su redacción.
En las consultas realizadas participaron los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, el del Interior, Justicia, dependencias del Consejo de Estado, la Fiscalía General de la República, las universidades y la población.
De esos debates emanaron respecto a la Ley de Tribunales Militares 162 criterios y propuestas, de los cuales 105 resultaron aprobados (65 por ciento).
Además, se presentaron 28 criterios de diputados, de los que 25 fueron aceptados (89 por ciento); mientras, por la vía de organismos, universidades y otras instituciones, se recibieron 29 criterios e igual cantidad de propuestas de modificación, de las que 22 fueron aprobadas (para un 76 por ciento).
Para los cubanos, la justicia militar como institución tiene su precedente más glorioso en el Ejercito Libertador y en el Reglamento Número 1 de la Sierra Maestra, del 21 de enero de 1958, mediante el cual se pone en vigor el Régimen Penal de Cuba en Armas, aseveró Toledo Santander.
Actualizan proceso penal en el ámbito militar
La Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba (ANPP) (Parlamento) aprobó la Ley del Proceso Penal Militar, que actualiza y refuerza los derechos y garantías de las personas, de acuerdo con los fundamentos del debido proceso.
El nuevo cuerpo legal, votado en el octavo período ordinario de sesiones de la novena legislatura de la ANPP, respeta y mantiene la tradición cubana en el ámbito judicial militar, apuntó Rubén Remigio Ferro, presidente del Tribunal Supremo Popular.
Ésta Ley es coherente con el derecho procesal penal moderno, responde a la Constitución aprobada en 2019 y reemplaza a la legislación anterior sobre el tema, vigente desde 1977.
Asimismo, dijo Ferro, garantiza un procedimiento equitativo, en el cual el procesado tiene a su alcance todas las posibilidades de la defensa de su caso, al tiempo que refuerza las garantías a las víctimas.
En sus 744 artículos, incluye garantías de la comunicación previa de la acusación, el derecho de los procesados a un defensor propio o por cuenta del Estado, la posibilidad de presentar testigos u otros medios de prueba, garantiza el derecho de no autoincriminación, y establece recursos contra las decisiones que se adopten.
Incorpora y consolida así principios fundamentales como la disposición a la justicia ordinaria, con el cual se relaciona la agregación del recurso de Habeas Corpus.
Entre otros aspectos, dota a los órganos investigativos y la Fiscalía de los procedimientos y garantías para desarrollar una actividad independiente, funcional y ágil, con el propósito de que desarrollen una indagación multilateral, objetiva y consecuente.
Entre otras novedades, ofrece la oportunidad de pasar directamente a sentencia, sin juicio, en caso de existir conformidad del acusado y su defensor con las conclusiones acusatorias y la sanción correspondiente.
Igualmente, brinda tratamiento especial a los imputados o acusados menores de 18 años, en consonancia con la Convención sobre los derechos del niño de Naciones Unidas.
La conceptualización del modelo económico y social cubano concibe que el Estado garantice el ejercicio y la protección de los deberes y derechos conforme a lo establecido en la Constitución y los tratados internacionales en vigor para el país.
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