Mirando la oferta sobre el mostrador, la mujer indagó el precio de los boniatos. “Son a 7 pesos”, respondió el vendedor, mientras despachaba unos plátanos. Solo entonces la clienta potencial reparó en la tablilla de precios, inusual en aquel punto de venta hasta días antes. Corría el 20 de enero del presente año.
Ante la mirada cuestionadora de la clienta, el vendedor rectificó que eran a 5 pesos, y ante la nueva inconformidad de quien compraba, por la visible incongruencia con el monto que exhibía la tabilla de 1.55, arguyó que así tenía que ser, porque el campesino que les vendía no les rebajaba el importe.
Sabiéndose dueña de la razón la mujer pagó, por 5 libras de la vianda, los 25 pesos que le exigían. Pero se dijo que nadie más detrás de ella caería en la trampa, así que formuló la denuncia ante la Dirección Integral de Supervisión (DIS). Poco después el fraude, que se había repetido quién sabe cuántas veces, estaba al descubierto, solo que la multa al infractor no superó los 200 pesos, ya que no había entrado en vigor el nuevo documento jurídico sobre precios abusivos y especulativos.
Aprobado por el Consejo de Ministros, el Decreto No. 30 sobre contravenciones personales, sanciones, medidas y procedimientos a aplicar por la violación de las normas que rigen la política de precios y tarifas, derogó el Decreto No. 227 de 1997, que establecía cuantías irrisorias, sobre todo si se les mira a través del prisma de la reforma general de salarios.
Desde inicios de año, cuando comenzó a regir la Tarea Ordenamiento, las aguas han subido y bajado en lo concerniente al importe de bienes y servicios, pero no toda anomalía ha desaparecido como por obra de un toque mágico. Según registros de la DIS Provincial, el mencionado decreto constituye prioridad para contrarrestar el flagelo, que a finales del 2020 se volvió crónico ante la incertidumbre en torno a los cambios por venir.
Multas de consideración gravitan actualmente sobre los bolsillos de los infractores, aunque en determinados casos, sobre la base del Decreto Ley No. 99, de 1987, que regula el sistema de tratamiento a las contravenciones personales, se aplica la mitad de las cuantías.
El hecho de que el importe de un producto no sea visible, las pizarras luzcan desactualizadas o la lista de precios esté ausente implica penalizaciones de 5 000 a 7 000 pesos, al igual que cuando hay una afectación a la entidad que expende. Si el daño se inflige directamente al consumidor entonces las cuantías se mueven entre los 8 000 y los 10 000 pesos, trátese de alteraciones de los precios en sí mismos o de adulteración en el pesaje.
De igual modo se obra cuando se detecta mercancía oculta en almacenes, al considerarse que dicha infracción, como las anteriores, es de carácter grave. De acuerdo con la información ofrecida tanto por el citado cuerpo de inspección como por el Grupo Estatal de Comercio, las principales violaciones registradas se relacionan con mala calidad de los productos, sobre todo los que se expenden en puntos de la agricultura urbana y en los mercados agropecuarios estatales. Sin embargo, también en tiendas de diversa índole se ha podido comprobar, entre otros males, esa misma irregularidad, además de la existencia de mercancía no expuesta a los ojos del consumidor.
Si hasta el pasado año era tan normal como respirar el expendio de renglones agrícolas en evidente estado de deterioro por igual precio que si fuesen productos de excelencia, ahora quienes laboran en dichos mercados lo piensan mejor antes de proceder así, y son responsables de beneficiar la mercancía o de bajarle el precio cuando su deficiente calidad así lo amerita.
Las violaciones se conocen como resultado del trabajo de los inspectores y también por la vía de las denuncias. Justo una de las insuficiencias en ese sentido radica en que el número de representantes de los equipos supervisores es inferior al que se necesita para cubrir todos los territorios, con énfasis en la cabecera provincial, donde más se requieren.
Tocante a las denuncias por la vía telefónica, se ha comprobado que, como regla, llevan razón. Pero las llamadas han mermado y tanto la propia DIS como el Grupo Estatal de Comercio, la Policía Nacional Revolucionaria y el Grupo Provincial de Enfrentamiento a Precios Abusivos y Especulativos instan a la ciudadanía a colaborar más, ya que no pocas veces quienes deben defender sus intereses se colocan del lado de quienes obran de manera incorrecta.
Según la valoración de la Dirección Provincial de Finanzas y Precios, en términos numéricos se evidencian respuestas por parte de los organismos facultados, pero aun así se precisa seguir reforzando dicho enfrentamiento. Recientemente el Ministerio del ramo llamó a cambiar la manera de pensar y a no contentarse con los números, porque si en medio de las escasas ofertas se violan los precios aprobados para los renglones en expendio entonces se daña la credibilidad de un mecanismo diseñado, justamente, para proteger a la población.
Para muchos resultará novedad conocer que incluso en las unidades donde se expenden los renglones de la canasta básica normada debe existir una segunda pesa a la cual acudir a modo de comprobación, y que, disponible el equipo o no, todo consumidor inconforme tiene derecho a aclarar su duda lo mismo ante el administrador que en instancias superiores.
Hasta el pasado 25 de mayo, como resultado de las acciones de control, se habían impuesto 1 019 multas. Por el Decreto No. 30 concretamente se habían aplicado, de manera multifactorial, 841, que se corresponden, en orden descendente, con trabajadores por cuenta propia, unidades de Comercio y Gastronomía, vendedores ilegales, puntos de productos agropecuarios y tiendas recaudadoras de divisas. El valor de lo recaudado ascendía a más de 3 510 400 pesos.
También del lado de quienes dirigen y ejecutan estas acciones de control resulta perfectible el quehacer y, de hecho, ha quedado demostrado. Pero es, sin duda, un buen momento para procurar que la protección al consumidor, y al usuario en sentido general, deje de ser un viejo eslogan o un cartel en franco deterioro para colocarse en el lugar en el que siempre debió estar.
NO COJAN MAS LUCHA QUERIENDO SABER DONDE SE METE EL DINERO POR CONCEPTO DE MULTAS,………VA DERECHO AL PRESUPUESTO DEL ESTADO, DE ESTA CUENTA DESPUES SE SACA PARA VARIAS ACTIVIDADES POR EJEMPLO, EL SALARIO DE LAS UNIDADES PRESUPUESTADAS, LOS SALARIOS DE LAS ORGANIZACIONES DE MASAS (NO VOY A PONER LAS OTRAS ORGANIZACIONES IMAGINENLAS), LA SALUD, LA EDUCACIÓN O SEA MUCHAS COSAS Y SERVICIOS QUE EN OTROS PAISES LAS PAGA LA PERSONA SON SUFRAGADAS POR EL DINERO DE LAS MULTAS, SUBSIDIOS….ASI, EL QUE MULTA VIENE SIENDO ALGO PARECIDO A UN CONTRIBUYENTE.
GRACIAS.