Jany Duardo Jiménez, trabajadora residente en Fomento, escribe a esta sección preocupada por la posposición del proceso de otorgamiento de plazas para círculos infantiles allí, debido a la incidencia de la pandemia en ese territorio.
“Soy mamá de un bebé de un año, en mi municipio las reuniones de las comisiones de otorgamiento de capacidades fueron pospuestas debido a la covid. Por mi preocupación me presenté en la Dirección Municipal de Educación, donde me explicaron que no se harán nuevos otorgamientos hasta mediados de febrero de 2022”, expone y más adelante agrega:
“Trabajo en el Centro Provincial de Higiene, Epidemiología y Microbiología, en Sancti Spíritus, donde me acogieron a la Ley OM-65, que ya a partir del día 15 de noviembre perdió su vigencia, según me explican en ese lugar. Ahora quisiera que me respondieran cómo hacer, si saben que está difícil la situación y que a todas las personas nos hace falta trabajar para poder sobrevivir”.
La lectora, que tiene además otra hija de 17 años, ha pensado en la alternativa de solicitar una licencia sin sueldo y se pregunta cómo viviría entonces. “¿Por qué no se extiende la Ley OM-65 en toda la provincia; es Fomento nada más el que tiene esa situación?”, cuestiona.
Gisell Hernández de la Cruz, jefa del Departamento de Primera Infancia en la Dirección Municipal de Educación en el citado municipio, expuso a Escambray que al momento de interrumpirse el curso escolar a finales de marzo del presente año, a causa de la pandemia, se continuaron otorgando plazas hasta el mes de junio. “Pero esos infantes no se incorporaron a la adaptación en sus respectivos círculos infantiles, como es de suponer, y es por ello que dicho proceso estuvo pendiente”, especifica.
“Al retomarse el curso, en noviembre, fue que se comenzó esa adaptación. El otorgamiento correspondiente a los nacidos en los meses desde julio hasta noviembre del 2020 inicialmente se pensó realizarlo en este diciembre, pero en fecha posterior el Ministerio de Educación emitió una indicación de posponerlo, para hacerlo coincidir con el otorgamiento masivo que habitualmente tiene lugar en febrero, en este caso del 2022”, detalla la funcionaria.
Añade la fuente que en los casos de madres que laboran en organismos priorizados, como es el sector de la Salud, se priorizan, pero el municipio se debe a la provincia y esta a las decisiones del nivel central.
Esta redactora procuró el contenido de la Ley OM-65, emitida el 19 de enero del 2021 por la Ministra de Trabajo y Seguridad Social, que establece en su disposición novena lo siguiente:
9) Los trabajadores que son declarados interruptos, la madre, padre o familiar que, en su condición de trabajador, esté encargado del cuidado del menor al que se le suspenda la escuela en la educación primaria o especial, y no puedan asistir al trabajo, se les paga en el primer mes el 100 por ciento del salario básicoy, a partir del segundo, el 60 por ciento.
En dicho acápite fueron incluidas, posteriormente, las madres con niños en círculos infantiles, pese a que buena parte de los mismos continuaron prestando servicios. Es decir, que Jany no pudo haberse acogido a dicho principio legal, sino que se habría acogido a él de haber continuado la situación epidemiológica anterior.
Queda menos para que esa mamá pueda reincorporarse a sus labores habituales, y en lo que le resta para hacerlo resulta importante que entienda la prioridad del país, que no dejó desprotegidas a tantas progenitoras necesitadas de un tratamiento salarial adecuado en circunstancias nunca vistas.
Es la FAR un sector priorizado para el otorgamiento de círculos infantiles
Esa mama tiene derecho a seguir acogida a la 0M -65 DELA MINISTRA DE TRABAJO,PUEDE LLAMAR AL TELEFONO 7838-00-43 que es atencion a la poblacion delministerio de trabajo y le daran esa respuesta,pues yo estoy en el mismo caso y eso fue lo que me respondieron