Tributos: reordenando peso a peso

A tono con la Tarea Ordenamiento iniciada en todo el país, el sistema tributario se modifica y flexibiliza para proteger a los contribuyentes sin descuidar la recaudación por concepto de no pocos tributos. La Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT) en la provincia abre puertas a los cambios

Más de 24 000 trabajadores por cuenta propia existen en la provincia. (Foto: Vicente Brito).

Aun cuando en el 2020 Sancti Spíritus logró cumplir un plan de ingresos de 1 390 millones de pesos, que en cierto momento pudo resultar quimérico, e incluso sobrecumplirlo en más de 100 millones de pesos, el pasado año también excedió los retos.

Fueron 12 meses atípicos. Luego del aterrizaje en marzo pasado de la COVID-19 en Trinidad y su propagación después por toda la isla, tanto el sector estatal como no estatal de la provincia tuvieron que aprender a vivir con cafeterías, habitaciones, puntos de venta, paladares, centros nocturnos… cerrados intermitentemente.

Y, ante el reordenamiento monetario y cambiario, se avecinan no pocos cambios: que si el impuesto sobre los ingresos personales se hace extensivo también al salario, que si todos contribuyen a la seguridad social, que si se permite justificar hasta el ciento por ciento de los gastos, que si se eximen de pagar quienes afectaron sus ingresos a causa de la COVID-19…

En diálogo con Escambray Roberto Gutiérrez Medina, director provincial de la Onat, reveló las principales transformaciones que muestra hoy el sector.

¿Qué novedades muestra el sistema tributario ante la Tarea Ordenamiento que se lleva a cabo en el país?

La Oficina se encuentra implementando todas las normativas, dándole prioridad a la capacitación tanto de los cuadros como de los trabajadores para que llegue una información clara, precisa, del espíritu de lo que el legislador trasladó en la norma a nuestros contribuyentes y que eso se traduzca en un mejor servicio.

En relación con las medidas tributarias existen varias novedades. Me voy a referir, primero, al Decreto-Ley 21 —publicado en la Gaceta Oficial No. 68—, el cual tiene que ver con el impuesto sobre los ingresos personales y donde se reconoce el ciento por ciento de los gastos incurridos en el ejercicio de la actividad por cuenta propia, siempre que el contribuyente justifique el 80 por ciento; una medida muy positiva y que ha sido muy acogida por nuestros contribuyentes.

Establece, también, un mínimo exento anual que no es gravado —que se pudiera denominar como un gasto de vida— de 39 120 pesos y que iguala este número a lo que viene definido en la Resolución 310, divulgado en la Gaceta Oficial No. 70, en relación con el pago de los impuestos sobre ingresos personales en lo referido al salario.

En este caso establece un mínimo exento no gravado los ingresos que lleguen a 3 260 pesos e iguala ambos sectores, tanto el sector estatal como el de trabajo por cuenta propia.

En esa propia norma se establece que el exceso de 3 260 pesos es gravado con un 3 por ciento como impuesto sobre el salario y el exceso de 9 510 pesos grava con un 5 por ciento. Esas serían otras modalidades de gravamen con relación al impuesto sobre ingresos personales. El impuesto sobre el salario se hace por retención de la entidad empleadora y el trabajador está exento de hacer una Declaración Jurada por concepto de ese impuesto.

Roberto Gutiérrez Medina, director provincial de la Onat. (Foto: José Alberto Rodríguez).

Esta propia normativa —la Resolución 310— establece también el pago de la contribución especial de la seguridad social de los trabajadores, tanto para el sector empresarial como presupuestado, donde define el pago de un 5 por ciento de los ingresos que usted perciba por nómina.

Otra de las modificaciones que se han venido poniendo en vigor es el impuesto sobre documentos con la impresión de sellos de alta denominación que oscilan entre 50, 125, 500 y 1 000 pesos a tono con las transformaciones que sufrieron las escalas de los gravámenes de los diferentes trámites documentales.

Estos sellos, además de las unidades de Correos de Cuba, también se comercializarán en los bancos. Hoy la provincia ya tiene en los establecimientos de los municipios cabecera sellos de alta denominación y se están vendiendo sin dificultad.

En este panorama tan renovador, ¿se modifican los trámites tributarios?

En el caso de la ONAT, los trámites tributarios se mantienen con el mismo gravamen; es decir, la inscripción en el registro de contribuyentes se mantiene igual con 30 pesos de sellos y la certificación fiscal, que es la que hacemos a solicitud de los contribuyentes, se mantiene con el gravamen de un sello de 20 pesos.

Referido al impuesto sobre los ingresos personales en el sector agropecuario: en igual medida que en el trabajo por cuenta propia, establece un mínimo exento de 39 120 pesos y se mantienen las mismas bases de tributación que existían hasta este momento con la Declaración Jurada modificada.

Una transformación importante es el reconocimiento del mínimo exento de pago del ciento por ciento de los gastos, ¿cómo la ONAT fiscalizará para evitar el descontrol o la evasión fiscal?  

La Oficina se está preparando a partir de un sistema de control fiscal integrado y cuenta con un departamento de fiscalización. Hoy cambia la operatoria financiera y nosotros estamos atemperados y preparados. Para eso están los mecanismos creados, hay todo un precedente de estudio, de trabajo, de actualización de las cuotas que pagan nuestros contribuyentes; hoy lo que cambia es el esquema de venta a partir de que se devalúa la moneda y los precios cambian. Yo creo que esto va a favorecer al contribuyente para tratar de que no evada el fisco a partir, incluso, de otras decisiones que se están tomando para que el gasto no vaya al precio.

¿Qué tributos se modifican y cuáles se generalizan?

Se modificaron los impuestos personales, documentos…; hay otros que son muy técnicos como la actividad forestal, las tasas… Estamos a la espera de que se divulgue la ley del presupuesto y sus normas complementarias que deben introducir cambios en la tributación tanto del sector estatal como no estatal.

Hoy solo se han dado líneas generales: que se va a aportar un 10 por ciento sobre las ventas, que desaparece el impuesto mayorista; pero no ha salido la norma.

¿Cuáles son las novedades de la venidera campaña de Declaración Jurada?

Resulta válido destacar que en la pasada campaña —correspondiente al 2019— se aplazaron los pagos hasta el 31 de diciembre y se dieron algunas bonificaciones, incluso para los pagos que se hicieron utilizando los canales electrónicos.

Esta campaña de declaración y pago de tributos comienza el 28 de enero como término oficial, pero ya hoy todos nuestros municipios están en campaña y tienen creados los mecanismos para recepcionar todas las declaraciones juradas del periodo fiscal 2020. Tendrá una peculiaridad: la exoneración del pago de Declaración Jurada por afectación a causa de la COVID-19. Se definió que aquellos contribuyentes, trabajadores por cuenta propia que estuvieron suspendidos por el término de seis meses no van a declarar; solo declarará el que trabajó por un periodo superior a ese lapso.  

Dayamis Sotolongo

Texto de Dayamis Sotolongo
Premio Nacional de Periodismo Juan Gualberto Gómez por la obra del año (2019). Máster en Ciencias de la Comunicación. Especializada en temas sociales.

Comentario

  1. Anaisy González Aragón

    Porque el sistema informático de inmigración no reconoce los sellos en moneda nacional esto no permite actualizar los pasaportes y ya estamos en febrero existen personas que necesitan este documento actualizado.

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