El proyecto que se somete a la luz de la consulta popular defiende todos los diseños de familias posibles en Cuba y lo hace sobre los principios de igualdad, no discriminación y dignidad humana.
La renovada legislación no impone; constituye expresión de la diversidad que convive en los hogares de esta isla; no resta derechos a unos para dárselos a otros; más bien ofrece alternativas para solucionar conflictos familiares diversos. No invita a que seamos iguales; brinda la oportunidad a todos de sentirse seres humanos relevantes y con derechos.
El proyecto del Código de las Familias —sostiene la Licenciada Déborah Chávez Turiño, abogada con más de 35 años de ejercicio profesional en el Bufete Colectivo de Trinidad— reconoce la coexistencia dentro de la sociedad de todos los extremos y particulares que se regulan en el mismo.
Al interior de las familias, las cuales conservan tradiciones, principios y valores, se modifican las dinámicas a partir del empoderamiento de la mujer, las múltiples funciones del padre o de la madre, la intervención de los abuelos, los tíos y otros parientes… Y la nueva norma los protege a todos.
La también máster en Derecho Mercantil, quien participa en los encuentros a nivel de barrio y ha estado al tanto también de los criterios que circulan en las redes sociales, considera que los nuevos conceptos y términos merecen una mirada profunda y esclarecedora en aras de evitar confusiones e interpretaciones distorsionadas.
La normativa en discusión entiende la maternidad y la paternidad como un asunto de responsabilidad y no de posesión. Pero el cambio de patria potestad por responsabilidad parental no les resta derecho a los padres. En ello la reconocida jurista es explícita: “Por vez primera estamos en presencia de un texto que asegura en primer lugar el amor y el bienestar. Un amor que es reciproco, no solo regido a la obediencia, al “yo puedo más”, “yo mando”, “yo decido”; hay más de reciprocidad parental y sobre todo respeto al entorno familiar.
“No es un secreto que en los niños está viva la autonomía progresiva, a eso contribuye el entorno social, educacional y familiar. Que tengan un criterio no quiere decir que se les permita tomar decisiones equivocadas. Lo que respeta la nueva letra son los deseos del infante si está en un rango permisible.
“El menor no había sido escuchado casi nunca, era el objeto del proceso, como una propiedad de los padres. A partir de ahora serán también sujetos de derecho. Los especialistas que ya hemos trabajado los asuntos relacionados con la comunicación entre padres e hijos, conocemos la importancia de la decisión judicial a través de la exploración de los niños. Escucharlos es un principio muy valorativo, muy gratificante porque ellos aportan criterios relevantes y facilitan la toma de decisiones.
“Además, Cuba es signataria de la Convención Internacional de los Derechos del Niño y hasta hoy no le habíamos dado cumplimiento efectivo en lo que regula esencialmente el interés superior del menor. El Anteproyecto deja claro que los padres no pierden la responsabilidad ante sus hijos y cuando exista este tipo de conflictos, se somete a una decisión judicial con la participación del juez, de las partes y de los especialistas que se regirán por el interés superior del menor.
“En los intercambios con la población insistimos en la importancia de escuchar al niño. Cuántas veces, por ejemplo, decidimos el futuro profesional de nuestros hijos limitando sus capacidades creativas. Eso a la larga crea frustraciones porque no han satisfecho sus aspiraciones individuales por la conducta autocrática de los padres. Lo que sucede es que algunos de esos términos se encuentran muy arraigados en nuestras vidas, pero cuando se explica y se valora el sentido y alcance del nuevo Código, se facilita la comunicación con las personas y hay un mejor entendimiento.”
La forma de constituir el matrimonio resulta también competencia del nuevo Código de las Familias, porque así lo dispone la Constitución. Desde su enfoque novedoso, inclusivo y muy cubano, el texto protege las diversas realidades familiares.
Para la abogada Déborah Chávez Turiño, la nueva legislación no regla conductas ni obliga a su acatamiento como norma; lo que proporciona es la posibilidad de que sobrevivan en el entorno social todas las familias que, de hecho, ya conviven con nosotros. Les ofrece la oportunidad a estas personas unidas por un fuerte lazo afectivo, con una participación real en el entorno, a que se les reconozcan sus derechos. Eso tiene un respaldo constitucional en el Artículo 81 de la Ley.
“En los intercambios le explicamos a la población que el Anteproyecto discurre por la versión 24. El Estado les ha dado una gran participación a todos para opinar, para discrepar, para sugerir, porque nos interesa que la familia cubana siga formando a los hijos de este pueblo, muchachos sanos, inteligentes, modernos, respetuosos. Estos enfoques generan mucha modernidad al interior de las familias.”
Otro aspecto que se reconoce en el también llamado Código de los afectos es el rol de los abuelos. “Cuba transita hacia un envejecimiento poblacional y esa realidad demanda una mayor atención a las personas de la tercera edad, que nunca pierdan sus derechos, sean tratadas con respeto, con amor y que mantengan las posiciones dignas dentro del hogar”, señaló la especialista.
“De hecho —acota Déborah Chávez— la causal contenida sobre la ingratitud para provocar la revocación del acto jurídico de traspaso de patrimonio tiene una significación tremenda, porque en más de una ocasión hemos sido testigo de situaciones en las que los ancianos son despojados de sus bienes, actos que anteriormente no tenían solución por la vía judicial”.
“En lo personal me satisface mucho que la nueva propuesta reconozca el rol de los abuelos, que en Cuba es muy relevante; cuántas veces ha suplido la plaza en un círculo infantil para que la madre pueda trabajar. En los escenarios en que hemos compartido el debate las opiniones son muy favorables porque no hay regalo más hermoso que un nieto; y lo digo por experiencia propia”.
Hasta el mes de abril el texto jurídico se somete a consulta popular en un ejercicio democrático que recoge en actas todas las sugerencias por modificación, adición o eliminación. De este diálogo enriquecedor se nutren también los especialistas en Derecho, quienes han profundizado en la nueva norma. La protección al nasciturus figura entre los aspectos menos conocidos.
“Se trata —aclara la abogada— de un término jurídico que designa al ser humano desde que es concebido. Hace alusión, por tanto, al concebido y no nacido. El proyecto prevé que la madre embarazada pueda reclamar pensión a quien se supone sea el padre de la criatura. Eso no crea un vínculo filiatorio hasta el nacimiento del bebé, pero sí brinda apoyo para que lleve a feliz término su gestación.
“Y eso tiene un carácter no solo feminista, sino un carácter humano trascendental, porque estamos protegiendo a la joven y en particular al bebé que ha venido al mundo por la decisión, atemperada o no, de dos adultos. Eso es algo maravilloso. Es un Código que ha venido para cuidar la vida, la salud y el patrimonio”.
Este y otros elementos confirman la aspiración del nuevo Código de las Familias de representar a todos sus miembros, de introducir principios como el de responsabilidad parental, autonomía progresiva de la niñez e interés superior del menor, e incluso cuestiones que particularizan en la posibilidad de decidir, por ejemplo, cuál apellido debe encabezar el parentesco o la decisión del régimen del matrimonio.
Para Chávez Turiño, el análisis del documento jurídico propicia un diálogo que va encaminado, en primer lugar, a comprender los problemas de los otros, a dejar de ser egoístas y absolutistas, a incentivar el bienestar colectivo, el reconocimiento del derecho de todos y a pensar en Cuba.
“Es un Anteproyecto de justicia más que de derecho y me siento muy feliz porque, más allá de la norma cerrada y fría contenida en un Código, las personas deben entender que luchamos por la justicia social”.
Yo digo NO al código de las familias.