Ayudar a corregir distorsiones, objetivo de normativas para actores económicos

La publicación este lunes en la Gaceta Oficial Ordinaria número 78 de seis decretos-leyes, dos decretos y un grupo de resoluciones complementarias deviene una actualización de las disposiciones jurídicas adoptadas en 2021

La creación del Instituto Nacional de los Actores Económicos No Estatales, subordinado al Consejo de Ministros, fue uno de los aspectos abordados en conferencia de prensa. (Foto: ACN)

Bajo el principio de continuar avanzando con orden, disciplina y control en la inserción correcta de los actores económicos no estatales en el desarrollo económico y social del país, fueron anunciadas este lunes un grupo de normativas al respecto.

   La publicación este lunes en la Gaceta Oficial Ordinaria número 78 de seis decretos-leyes, dos decretos y un grupo de resoluciones complementarias deviene una actualización de las disposiciones jurídicas adoptadas en 2021, máxime cuando hay que corregir distorsiones para que las Mipymes, Cooperativas No Agropecuarias (CNA) y el trabajo por cuenta propia (TCP) sean un verdadero complemento dentro del tejido empresarial de Cuba.

Desde el 2023 se venía trabajando en su diseño a partir de múltiples consultas a organismos, gobiernos provinciales y a emprendedores privados, por lo cual en el Programa gubernamental para corregir distorsiones y reimpulsar la economía, anunciado en diciembre pasado, aparecen las primeras proyecciones.

   Uno de los nuevos decretos se refiere a la creación del Instituto Nacional de los Actores Económicos No Estatales, subordinado al Consejo de Ministros, y este lunes, en conferencia de prensa su presidenta, Lázara Mercedes López Acea, explicó que con esta estructura se pretende jerarquizar y homogenizar la atención a esas figuras.

    Pero no por ello, como puntualizó Yohana Odriozola Guitart, viceministra de Economía y Planificación, se limita la anunciada y gradual descentralización de facultades a los municipios con vistas a que también asuman la aprobación de las Mipymes y CNA, pues hasta ahora solo lo hacían para el TCP.

   Atendiendo a que no todos los territorios tienen recursos para sostener las actividades básicas, y que se necesitan ingresos en aras de reducir el déficit fiscal y con ello la inflación, el Ministerio de Finanzas y Precios dispuso un grupo de normativas.

   Están relacionadas con el tratamiento de los precios y las tarifas, con la contabilidad en los actores económicos no estatales y el tributo de los trabajadores por cuenta propia, así como con el ejercicio de la pesca comercial.

   Según Maritza Cruz García, viceministra primera del organismo, se eliminan los beneficios fiscales en los TCP, es decir, las exoneraciones de impuestos, pues está demostrado que desde su aprobación esos contribuyentes pueden aportar al fisco.

   Sin olvidar tampoco la responsabilidad social empresarial que una Mipyme debe asumir, o sea, esos compromisos voluntarios dirigidos esencialmente a los trabajadores y su familia, la sociedad y el medio ambiente.

   De acuerdo con Carmen Rosa López Rodríguez, directora de Empleo No Estatal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en las normativas se precisan obligaciones de los TCP para con las personas que contrata, con el fin de promover el respeto a los derechos del trabajo y contra la informalidad en el empleo.

   La autorización para ejercer esa modalidad se puede solicitar en cualquier Oficina de Trámites del Gobierno, no necesariamente en el municipio de residencia, y por otro lado se define que las actividades secundarias deben tener afinidad en lo fundamental con la principal del negocio, no pueden ir en detrimento de ésta.

   A su vez para el comercio mayorista las Mipymes deben tener contratos con el Estado, y así se logra que las capacidades logísticas del país, desde almacenes, frigoríficos hasta la transportación por ferrocarril se pongan en función tanto del sector estatal como no estatal, una manera incluso de que bajen los precios.

   Yosvany Pupo Otero, viceministro primero de Comercio Interior, aclaró que todo el que produzca bienes puede vender sin restricciones en aras de estimularlo, pero una distorsión necesaria a corregir es distinguir entre quienes hacen comercio minorista y mayorista.

Agencia Cubana de Noticias

Texto de Agencia Cubana de Noticias

Comentario

  1. Flavia García flores

    Quisiera saber en qué artículo de La ley se tiene en cuenta a los agentes de telecomunicaciones.pues tenemos duda

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