El Consejo de Estado de la República de Cuba ha emitido el Decreto-Ley 81/2023, que establece un régimen laboral especial para las personas privadas de libertad que trabajan dentro o fuera de los establecimientos penitenciarios. La medida tiene como objetivo promover la reinserción social y garantizar los derechos de las personas en condiciones de trabajar.
El Decreto-Ley 81/2023 se basa en los principios fundamentales de la Constitución de la República de Cuba y en las leyes laborales existentes en el país. Reconoce el valor del trabajo como un derecho y un deber social, y busca proporcionar a las personas privadas de libertad oportunidades para su desarrollo personal y familiar, así como para contribuir al pago de responsabilidades civiles derivadas de delitos cometidos.
El régimen laboral especial establecido por el Decreto-Ley se aplica a las personas cubanas o extranjeras que cumplen sanciones penales en los establecimientos penitenciarios. Estas personas podrán trabajar dentro o fuera de los establecimientos penitenciarios durante su período de sanción penal o prisión provisional.
El Decreto-Ley establece que la relación laboral entre las personas privadas de libertad y la autoridad penitenciaria será subordinada y remunerada. Se establecen disposiciones para garantizar la seguridad y la salud en el trabajo, así como la protección social de los trabajadores privados de libertad.
El régimen laboral especial no se aplica a las actividades que forman parte del proceso educativo dentro de los establecimientos penitenciarios. Además, el Decreto-Ley asegura que todas las disposiciones se apliquen sin discriminación por razones de sexo, género, orientación sexual, identidad de género, edad, origen étnico, color de piel, creencia religiosa, discapacidad u otras condiciones personales.
Con esta medida, Cuba busca promover la reinserción social de las personas privadas de libertad y garantizar sus derechos laborales durante su período de sanción penal. Se espera que este régimen laboral especial contribuya al desarrollo personal de los trabajadores y a su futura reintegración en la sociedad.
Escambray se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social, así como los que no guarden relación con el tema en cuestión.