Sala Electoral del TSJ de Venezuela certifica triunfo de Nicolás Maduro el 28J (+video)

Los boletines de resultados del Consejo Nacional Electoral son congruentes con los informes de las máquinas electorales y los centros de totalización de resultados

La magistrada Caryslia Beatriz Rodríguez Rodríguez, al frente de la Sala Electoral del TSJ (al centro), ratificó la competencia de la Sala Electoral para iniciar un proceso judicial de verificación e investigación para peritar los resultados del proceso electoral. (Foto: TeleSUR).

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela emitió sentencia este jueves en Caracas sobre la investigación acerca del recurso contencioso interpuesto por el presidente Nicolás Maduro, relativo a los comicios presidenciales del 28J.

La magistrada Caryslia Beatriz Rodríguez Rodríguez leyó la sentencia y estuvo acompañada por los magistrados Fanny Márquez e Inocencio Figueroa, integrantes de la Sala Electoral.

Con base en los resultados obtenidos en el peritaje, Rodríguez Rodríguez aseguró que los boletines de resultados del Consejo Nacional Electoral (CNE) son congruentes con los informes de las máquinas electorales y los centros de totalización de resultados.

A partir de la profunda investigación realizada, declaró con lugar el contencioso y convalidaron los resultados de la elección presidencial ofrecidos por el CNE.

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia señaló que hubo un peritaje exhaustivo y en profundidad de los materiales en físico/digital sobre las elecciones, ejecutado conforme a los más altos estándares nacionales e internacionales.

«Con base en el proceso, los boletines del CNE están respaldados por las actas de escrutinio por las máquinas de votación desplegadas en el proceso. Las máquinas tienen coincidencia con los centros de totalización», aseguró la magistrada.

Ratificó la competencia de la Sala Electoral del TSJ para iniciar un proceso judicial de investigación, peritar los resultados del proceso electoral y resolver el contencioso. Aseveró que los tribunales de justicia constituyen instancias para decidir en los Estados de derecho.

Puntualizó que la competencia está fundamentada en la legislación local y la legislación comparada con otras experiencias regionales y mundiales, entre las que citó al tribunal mexicano.

Destacó la asistencia del CNE cuando se le citó, salvo un rector que no lo hizo. Recordó que de los 38 partidos políticos que concurrieron a las elecciones presidenciales, todos acudieron a las comparecencias ante la Sala Electoral del TSJ y 33 consignaron material electoral.

Precisó que acudieron, además, nueve de los diez candidatos citados.

Añadió que el exaspirante Edmundo González no asistió y fue declarado en desacato por no ceñirse al orden constitucional. Enfatizó que representantes de los partidos políticos que apoyaron al excandidato de Plataforma Unitaria Democrática (PUD) no consignaron material electoral. Durante la audiencia informaron que no tenían actas ni resguardaron nada.

La magistrada confirmó que en el país se produjo un intento de golpe de Estado acompañado de un ciberataque a gran escala.

Exhortó al CNE a publicar los resultados en la Gaceta Electoral, según el artículo 155 de la Ley Orgánica de los Procesos Electorales.

«El CNE ordenará la publicación de los resultados en la GE dentro de los 30 días siguientes a la procalamción», dijo.

Manifestó que de manera urgente remite copia de la sentencia al fiscal general de la República para determinar responsabilidades ante presuntos delitos de suplantación de funciones, delitos informáticos, asociación para delinquir e incitación a provocar desórdenes, entre otros.

Agradeció la colaboración de los veedores y expertos internacionales que se implicaron en el peritaje de la elección presidencial. Destacó el apoyo mostrado por ellos y su alto nivel técnico.

Cubadebate

Texto de Cubadebate

Escambray se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social, así como los que no guarden relación con el tema en cuestión.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *