La Gaceta Oficial de la República en su versión Extraordinaria No. 2 informó este 29 de enero que se extiende hasta el 30 de abril de este 2025 la importación sin caracter comercial y libre del pago de impuestos aduaneros de aseo, alimentos, medicamentos e insumos médicos, por la vía de pasajero como equipaje no acompañado.
En el texto, se autoriza la importación hasta el límite de 500 dólares estadounidenses (USD) del valor o peso equivalente, hasta 50 kilogramos (kg), en la relación valor/peso establecida por la Aduana General de la República.
Refiere el documento que se permite el incremento del límite del valor en aduana para las importaciones no comerciales que realizan las personas naturales mediante envíos, de 200 USD hasta 500.
Se mantiene la exención del pago del impuesto Aduanero por los primeros 30 USD del valor o su peso equivalente de tres kg del envío, así como la aplicación del exceso de este de la tarifa arancelaria del 30 por ciento (%), agrega.
Precisa que se admite la importación por personas naturales como envíos aéreos, marítimos y postales, hasta un límite de 200 USD o peso equivalente hasta 20 kg, en la relación peso/valor establecida por la Aduana.
Los beneficios dispuestos en dicha resolución se aplican con la condición de que los artículos clasificados como alimentos o aseo, así como los identificados como medicamentos e insumos médicos que integren parte del equipaje del pasajero, se presenten en bultos separados del resto de los productos.
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